"(La) Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible (no acorde a la Constitución), con efectos diferidos, el término de vigencia de la Ley 1448 de 2011, artículo 208 (Ley de reparación integral de las víctimas del conflicto armado)", anunció la Corte a través de su cuenta de Twitter.
Asimismo, indicó que exhorta al Gobierno y al Congreso de la República "para que antes de la expiración de la vigencia de la ley adopte decisiones que correspondan, en el marco de sus competencias, en relación con la prórroga o con la adopción de un régimen de protección de los derechos de las víctimas".
La decisión del alto tribunal fue tomada luego de que recibió una demanda según la cual "no puede permitirse la extinción del instrumento más importante de protección de las víctimas", y que fue interpuesta por el exministro del Interior Juan Fernando Cristo, quien ocupó esa cartera en el Gobierno de Juan Manuel Santos (2010-2018), tiempo en el cual se creó la Ley de Víctimas, que permitió reconocer la existencia del conflicto armado en el país.
Con la medida de la Corte se declara inexequible el artículo 208 de la Ley 1448 del 2011, que establecía una vigencia de diez años para esa normativa.
A través de la ley, se reconoció a 8,8 millones de víctimas, de las cuales 7,1 pueden ser sujeto de reparación.
Según registros oficiales, hasta octubre pasado fueron indemnizadas sólo 957.000 personas, es decir, un 13% del total previsto.