Lo relevante de esta segunda sentencia del máximo tribunal es que "si el fallo conduce a un efecto regulador general para sacar al cannabis del mercado negro, se otorgaría a una persona el derecho de consumir de manera legal, sin ser criminalizada", dijo Sánchez, directora general de la organización ciudadana México Unido Contra la Delincuencia (MUCD).
Sánchez dirigió en 2015 un "litigio estratégico" que desembocó en un fallo histórico a favor de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART).
La especialista explicó a esta agencia que Ritcher replicó la ruta ideada por SMART.
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Como primer paso, el abogado acudió a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud (Cofepris) para solicitar una autorización de "consumir, sembrar, cosechar, preparar, poseer y consumir marihuana de manera personal y recreativa", que fue rechazada, como se esperaba.
La Suprema Corte "concedió el amparo al quejoso para el efecto de que se le otorgue autorización para el consumo personal de marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos", dice el fallo difundido la tarde del 11 de abril.
El tortuoso camino de la justicia
Tales actividades eran "sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y en general todo acto relacionado con el consumo lúdico y personal de marihuana".
De la misma manera que el caso de SMART a favor del consumo recreativo regulado, su petición excluía expresamente "los actos de comercio, tales como la distribución, enajenación y transferencia de la misma", relata el fallo.
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El veredicto reitera que "son inconstitucionales" varios artículos de la Ley General de Salud vigente, que prohíben actividades relacionadas con el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos de la marihuana.
Sánchez explicó que el primer proyecto de "litigio estratégico sobre marihuana" que fue elevado a la Suprema Corte, demoró tres años desde los tribunales menores.
El segundo fallo es igual al caso promovido por SMART: "logró los mismos cuatro votos a favor, sentencia la inconstitucionalidad de la prohibición y vuelve a reconocer el derecho al libre desarrollo de la personalidad, como límite de la intervención del Estado", dijo la experta, que ha sido consultora de organismos internacionales en materia de drogas.
Sánchez, posgraduada en la Universidad de La Sorbona de París y la Escuela de Economía Política de Londres, señala un dato peculiar: "el único de los cinco jueces del máximo tribunal que se opuso al fallo es el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, a quien esta vez le tocó en forma aleatoria redactar un proyecto que votaría a favor la mayoría, menos él mismo".
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Es el mismo magistrado se opuso a la iniciativa de MUCD, "esgrimiendo el problema de la procedencia de la semilla original", debido a que el dictamen no resuelve el dilema legal del permiso de importación de la primera semilla para emprender el cultivo.
La expectativa de los defensores de la regularización es que otros casos que transitan ese camino en los tribunales culminen favorablemente, para dar un vuelco a las fallidas estrategias punitivas contra el narcotráfico.
El objetivo último es controlar la violencia criminal desatada por la lucha por los mercados ilegales entre los carteles traficantes de drogas.