"El Juzgado de Garantía de Copiapó (norte) sobreseyó definitivamente a un médico acusado del delito de aborto, debido a que tras la promulgación de la Ley, los hechos por los cuales se les acusaba no son constitutivos de delito", informó el Poder Judicial chileno a través de su sitio web.
El juez Víctor Santana señaló en su fallo que la promulgación de la ley la semana pasada incluye dentro de las tres causales la de embarazo por violación, la cual se manifiesta en ambos casos.
El magistrado explicó que la ley penal en Chile no es retroactiva para cuando se tipifica un nuevo delito o se establece una pena más gravosa, pero sí lo es cuando la nueva ley destipifica un delito o cuando establece una pena más benigna.
Luego de que el Juzgado de Garantía acogiera la solicitud de los intervinientes, tanto la Fiscalía como la defensa renunciaron a los plazos para la interposición de recursos, y la sentencia quedó firme y ejecutoriada.
El 14 de este mes, la presidenta Michelle Bachelet promulgó la Ley de Interrupción del Embarazo en tres causales: peligro para la vida de la mujer, inviabilidad fetal de carácter letal y embarazo por violación.