El decreto con nueve medidas, firmado por el presidente Enrique Peña Nieto, tiene el objetivo de "acelerar la reactivación económica en las comunidades afectadas por el reciente sismo registrado en los estados de Chiapas y Oaxaca y preservar las fuentes de empleo en esas zonas".
Entre las acciones, el decreto exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del impuesto sobre la renta correspondiente a los meses de agosto a diciembre de 2017.
Los contribuyentes también podrán "deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo", realizados en las zonas afectadas, desde el 7 de septiembre de 2017 —fecha del sismo—, al 31 de marzo de 2018.
Las retenciones del impuesto sobre la renta por los trabajadores serán reportadas en tres parcialidades iguales "respecto de los pagos por ingresos, por salarios y por la prestación de un servicio personal subordinado", añadió la secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En cuanto a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, podrán optar por presentar mensualmente las declaraciones del IVA correspondientes al segundo semestre de 2017.
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Las solicitudes de devolución del IVA presentadas antes del 15 de septiembre de 2017, "serán aceleradas y tramitadas en un plazo máximo de 10 días hábiles", decretó el mandatario.
Finalmente, los patrones y sujetos obligados fueron autorizados a pagos a plazos relacionados con la Ley del Seguro Social, en forma diferida o hasta en 12 parcialidades, sin recargos, para que sean cubiertas a partir de enero de 2018.
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La cifra de muertos por el sismo de 8,2 grados registrado cerca de la medianoche del 7 de spetiembre pasado en México subió a 96 muertos y los damnificados a 2,5 millones de personas.