Los concursos que se celebrarán finales de este año 2016 otorgarán la adjudicación de contratos de licencia para la exploración y extracción de hidrocarburos en aguas territoriales nacionales profundas del Golfo de México, informaron la secretarías de Energía y Finanzas, y la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH, regulador estatal).
Los cambios realizados "se basan en las mejores prácticas internacionales con el fin de otorgar certeza jurídica a los operadores y salvaguardar el interés del Estado mexicano al promover mayores inversiones, incrementar la generación de empleos, aumentar la producción de hidrocarburos y recibir la renta petrolera", dice el anuncio.
Entre los principales cambios, respecto a las últimas versiones del Contrato publicadas el 24 de agosto de 2016, destacan las garantías corporativas, etapa de transición final, información técnica, seguridad financiera, accidentes graves, conciliación y arbitraje.
Los ajustes
Si la suma del capital contable del conjunto de garantes es igual o superior a 10.000 millones de dólares, "las empresas participantes de un consorcio o asociación en participación podrán proponer a la CNH un esquema que asegure que la suma total garantizada nunca sea menor a 10.000 millones de dólares", y fija el término de la vigencia de esta garantía y su liberación.
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La etapa de transición final, en segundo lugar, establece un plazo máximo de 180 días prorrogables por 90 días adicionales para esta etapa, la cual iniciará el año previo a la conclusión de la vigencia del contrato o en caso de renuncia, devolución, terminación anticipada o rescisión.
En tercer lugar, prevé el plazo mínimo de confidencialidad, al cual estará sujeta la información técnica obtenida de las actividades de exploración y extracción, mientras que "los procesos por medio de los cuales el contratista generó la información técnica no serán considerados propiedad de la Nación".
En cuanto a los accidentes graves, como quinto punto, establece un período mayor a 90 días continuos a partir de que ocurra un accidente, para que ello implique un daño a las instalaciones; y "modifica la cantidad de volumen derramado que un accidente deberá alcanzar para ser considerado grave", dice el reporte sin precisar la cantidad.
Sobre la obligación de terceros serán aplicables a los contratos de procura de bienes y servicios suscritos a partir de la adjudicación del contrato, dice el sexto punto.
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Finalmente, en la conciliación y arbitraje séptimo apartado, la partes pueden acudir ante arbitraje, sin perjuicio de que acepten o rechacen la conciliación, y designa a la Corte Permanente de Arbitraje de la Haya como administrador del procedimiento arbitral.