"Por mayoría de seis votos, la materia de la consulta es constitucional", dijo el secretario del pleno del máximo tribunal del Poder Judicial, en una sesión de los once magistrados realizada por vía electrónica.
De esta forma, la Suprema Corte rechazó por mayoría simple un proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar, según el cual "no se puede someter a consulta la aplicación de la ley, pues ello desnaturalizaría la finalidad de una consulta popular" y la volvería "inconstitucional".
Esos magistrados coinciden en que la materia de la consulta popular se apega al artículo 35 de la Constitución, que establece ese mecanismo electoral de consulta popular.
La Carta Magna señala que se puede "votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia" para el país.
Con esos seis votos fueron rechazadas las consideraciones expuestas en un proyecto de 43 páginas presentada a votación por juez Aguilar, para que la Suprema Corte de Justicia resolviera el siguiente dictamen descartado: "Único: es inconstitucional la materia de consulta popular a que este expediente se refiere".
La minoría de cinco magistrados que votaron a favor de ese texto está integrada por Luis María Aguilar Morales, Norma Lucía Piña Hernández, Javier Laynez Potisek, Jorge Mario Pardo Rebolledo y José Fernando Franco González.
En el momento de votar por la constitucionalidad del referéndum, Zaldívar pidió a sus colegas no desaprovechar "la oportunidad de asumir, con responsabilidad histórica, su rol en la protección de los derechos humanos de participación política".
"No nos corresponde ser una puerta cerrada, sino el puente que permita a todas las personas intervenir en las grandes discusiones nacionales", sostuvo.
Una votación en ese sentido, "obligaría a las fiscalías correspondientes a claudicar en la función social que se les ha encomendado", advertía el proyecto desechado.
Los jueces decretaron un receso para revisar la formulación de la pregunta que se realizaría a los electores, que fue duramente cuestionada por poner en riesgo la aplicación de la justicia.
López Obrador pidió horas antes al máximo tribunal que descartara el proyecto de resolución que consideraba inconstitucional el referéndum que el Ejecutivo solicita sobre la aplicación o no de la justicia contra sus antecesores.
Esa consulta concierne a quienes encabezaron el Poder Ejecutivo en lo que López Obrador denomina "periodo neoliberal", desde 1988 a 2018.
Los expresidentes de ese periodo son Carlos Salinas de Gortari (1988 - 1994), Ernesto Zedillo (1994 - 2000), Vicente Fox (2000 - 2006), Felipe Calderón (2006 - 2012) y Enrique Peña Nieto (2012 - 2018).
Nueva pregunta
Tras reanudar la sesión, la Suprema Corte propuso una nueva pregunta, diferente a la presentada por López Obrador para la consulta ciudadana, que fue aprobada por ocho votos a favor y tres en contra.
"¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?", dice la nueva interrogante.
La pregunta propuesta al Senado por López Obrador estaba formulada así: "¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen y, en su caso, sancionen la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, antes, durante y después de sus respectivas gestiones?".
"¿Debe garantizarse el derecho a la verdad y la justicia del pueblo de México por los hechos de corrupción en que pudieron haber incurrido los expresidentes de la República mediante las investigaciones correspondientes, salvaguardando el debido proceso y la presunción de inocencia?", planteaba el legislador de Morena.
La decisión del máximo tribunal debe ser notificada al Senado para proceder a organizar la consulta.