Este crimen de lesa humanidad fue cometido en medio de la pandemia del nuevo coronavirus y a pesar de las restricciones de movimiento impuestas por ésta en prácticamente todos los países del mundo, incluyendo Honduras, dónde sucedieron los hechos.
La desaparición forzada de Milton Joel Martínez Álvarez, Suami Aparicio Mejía García, Gerardo Misael Trochez Calix y Alberth Sneider Centeno —presidente de una de las instituciones comunitarias del pueblo— está directamente vinculada a sus actividades de defensa de la tierra y el territorio que el pueblo garífuna viene llevando a cabo en el país caribeño desde hace más de medio siglo. Un mes antes fue asesinado otro artífice de la lucha comunitaria, Antonio Bernárdez, originario de la comunidad garífuna de Punta Piedra.
Este 6 de agosto, la presidenta de la Corte, la jueza Elizabeth Odio Benito, resolvió en favor de la petición de los pueblos e instó al Estado hondureño a dar respuesta certera del paradero de las cuatro personas desaparecidas, así como lo mandató en su obligación de proteger a los habitantes de las dos comunidades Garífuna mencionadas. Honduras tiene tiempo hasta el 24 de agosto de este año para dar respuesta efectiva a la resolución de la Corte.
Antecedentes de lucha
Entre cincuenta y cien mil personas componen el pueblo garífuna en Honduras, cuya existencia es la evidencia más clara de la composición multiétnica y pluricultural de ese país centroamericano. Parido de la mistura entre africanos traídos como esclavos a América y los pueblos indígenas arawak, lalinagu y karaphunas, los garífuna son un pueblo indígena negro originario de América Latina, que sobrevive en cuarenta comunidades a lo largo del litoral atlántico o la costa del Caribe hondureño, en los Departamentos de Cortés, Atlántida, Colón y Gracias a Dios, concentrados en torno a los municipios de La Ceiba, Tela, Cortés, Trujillo, San Pedro Sula y Tegucigalpa.
En este contexto de defensa de su derecho a existir como pueblo —con sus características, tradiciones y actividades específicas de subsistencia— es importante notar que la comunidad Triunfo de la Cruz, ubicada en el Departamento de Atlántida, a orillas del Caribe hondureño habita estas tierras desde 1805, antes de la fundación del Estado hondureño en 1825.
Con una población de diez mil habitantes en zona rural, Triunfo de la Cruz tiene sus propias formas de organización social en torno a una Asamblea comunitaria, al Patronato promejoramiento de la comunidad, a un Consejo de Ancianos y al Comité de Defensa de la Tierra, nombrado por la Asamblea.
Por ejemplo, a mitad de la década de 1990, las autoridades municipales de Tela vendieron 44 hectáreas de la comunidad a una empresa privada llamada Inversiones y Desarrollos El Triunfo (Idetrisa) para la ejecución de un proyecto turístico en la zona caribeña indígena, que motivó una denuncia penal en 1996 por la venta ilegal de tierras comunales por los delitos de abuso de autoridad y estafa contra diversas autoridades y el municipio de Tela que se resolvió hasta el año 2006.
En 2002, la municipalidad volvió a comprometer parte del territorio comunitario a su Sindicato de trabajadores, que significó el inicio de la violencia para los pueblos indígenas. Dirigentes de la comunidad presentaron denuncias ante el Ministerio Público local referidas a la recepción de amenazas de muerte, hostigamiento y órdenes de desalojo que buscaban amedrentarlos para que abandonaran la lucha por sus derechos a permanecer en esta zona. Tanto la Organización fraternal negra hondureña (Ofraneh) como el Patronato Promejoramiento de la comunidad garífuna de Triunfo de la Cruz buscaron la protección de la justicia local ante la avanzada violenta que promovía su expulsión.
En todo este proceso de resistencia, cuatro autoridades garífuna y líderes comunitarios de Triunfo de la Cruz fueron asesinados: Oscar Brega, Jesús Álvarez Roche, Jorge Castillo Jiménez y Julio Alberto Morales.
En octubre de 2003, la Organización fraternal negra hondureña (Ofraneh) envió una petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos alegando violaciones a derechos humanos en perjuicio de las comunidades garífuna de Cayos Cochinos, Punta Piedra y Triunfo de la Cruz, que diez años después —en 2013 — envió el caso a la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos argumentando la responsabilidad del Estado hondureño en no haber expedido los títulos de propiedad correspondientes en tiempo y forma, irregularidad que abrió la puerta a años de acoso y usurpación de su territorio por parte de megaproyectos turísticos, a la venta de tierras comunitarias e incluso la creación del Área protegida referida.
La Comisión argumentó que el Estado no tomó en cuenta las particularidades en torno a sus formas de propiedad colectiva del territorio característico de los pueblos indígenas y que se obturó su acceso a la justicia cuando denunció las reiteradas amenazas y hostigamientos como consecuencia de sus actividades de defensa del territorio, generados por la violencia e inseguridad por parte de terceros que buscaban apropiarse del territorio ancestral.
Sin embargo, esto no significó una situación de calma para los pueblos originarios del Caribe que el 27 de julio de este año, volvieron a la Corte a pedir medidas provisionales de protección para los integrantes de ambas comunidades "ante una situación de extrema gravedad y urgencia relacionada con la posibilidad de daños irreparables" en referencia a la desaparición de manera forzosa el 18 de julio de 2020 de cuatro personas de la comunidad: Alberth Sneider Centeno, Presidente del Patronato de Triunfo de la Cruz; Milton Joel Martínez Álvarez, Suami Aparicio Mejía García y Gerardo Misael Trochez. Así como la investigación del asesinato de Antonio Bernárdez, garífuna organizado de la comunidad de Punta Piedra.