"Conceder la excarcelación de Julio Miguel De Vido bajo caución juratoria y con la promesa de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación, sin costas", señala el fallo.
El tribunal observó que el ministro del Gobierno de Néstor Kirchner (2003-2007) y Cristina Fernández de Kirchner (2007-2015) se encuentra "detenido preventivamente un lapso mayor al plazo máximo legal de los dos años".
De Vido se encontraba en prisión preventiva desde el 25 de octubre de 2017 por el caso, ya elevado a juicio que acusa al exministro del supuesto delito de defraudación al Estado en la reactivación de la mina Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
El exfuncionario, que obtuvo la prisión domiciliaria de manera efectiva el pasado 14 de diciembre por haber cumplido 70 años, se encuentra procesado como coautor de un delito cuya pena máxima alcanza los seis años de prisión, recordó el tribunal en su fallo.
El juez que investigó el expediente, Luis Rodríguez, acusó a De Vido y a otros 18 acusados de defraudar 176 millones de pesos (17,34 millones de dólares en ese momento) entre 2009 y 2015.
Como tribunal de segunda instancia, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Argentina ordenó su desafuero y posterior detención bajo el supuesto de que podía entorpecer la investigación del caso.
El exfuncionario cumplió en octubre los dos años de reclusión, el máximo establecido por la ley 24.690 sobre los plazos de prisión preventiva.
La legislación argentina contempla un año más de prórroga cuando los delitos atribuidos al procesado o la complejidad del expediente hayan impedido finalizar el proceso de pesquisa en el plazo indicado.