"Nadie forzó la desaparición de Santiago Andrés Maldonado", sostuvo el juez en su resolución.
Lleral, titular del juzgado federal de Esquel, provincia de Chubut (sur), dio por concluido el recurso de hábeas corpus por Maldonado y dictó el sobreseimiento del único imputado en la causa, el gendarme Emmanuel Echazú.
"Los hechos que se presentaron en el presente caso no constituyen delito", manifestó el juez en su fallo.
El magistrado abundó en que "la verdad que rodeó a la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y víctima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron), es una sola".
Por ello, "nadie fue penalmente responsable de su muerte", concluyó el juez en referencia al joven desaparecido hace más de un año.
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Maldonado, un tatuador de 28 años oriundo de la provincia de Buenos Aires, fue visto por última vez el 1 de agosto de 2017 durante un violento desalojo de la Gendarmería de una protesta de la comunidad indígena mapuche Lof en Resistencia en tierras del grupo Benetton situadas en Chubut que son reclamadas como propias por los pobladores originarios.
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, aseguró por entonces que no había indicios de que Maldonado hubiese sido arrestado por la Gendarmería.
El cadáver de Maldonado finalmente apareció el 17 de octubre en el río Chubut, atrapado en un ramaje, cerca del lugar donde se lo vio con vida por última vez.
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La autopsia, de la que participaron 55 peritos, concluyó que Maldonado "falleció por ahogamiento en las aguas del río Chubut, coadyuvado por hipotermia".
El caso, en un país en el que la desaparición forzada fue una política de Estado de la última dictadura militar (1976-1983), se convirtió en una de las situaciones más controvertidas de la gestión del Gobierno de Mauricio Macri.