"La CIDH presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso Azul Rojas Marín respecto de Perú", informó el órgano en un comunicado.
La comisión dependiente de la Organización de Estados Americanos advierte que es el primer caso que somete a la Corte Interamericana en materia de violencia en contra de las personas LGBT.
Rojas Marín, fue detenido en febrero de 2008 en la ciudad de Trujillo (norte) mientras transitaba en la calle.
Los tres policías se dirigieron, a quien en ese momento era un hombre gay, con calificativos insultantes por su orientación sexual, procediendo a subirlo a un patrullero y trasladarlo a la comisaría de la localidad de Ascope, en donde fue víctima de violencia verbal, física y de violación sexual por parte de los agentes policiales.
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Cuando Rojas Marín hizo la denuncia respectiva, el médico legista constató la violación, sin embargo la fiscal de turno adujo que no podía elevar una investigación judicial porque era un hombre que sostenía relaciones con otros hombres, y la violación "no podía ser probada".
En su reciente decisión, la CIDH considera que el Estado peruano "contravino las obligaciones de atención y protección de una víctima que denuncia violencia sexual, con el factor agravado del prejuicio existente respecto de las personas LGBT".
En el informe que respalda la decisión de la CIDH de elevar el caso a la Corte IDH, se recomienda al Estado peruano a "disponer una reparación integral a Azul Rojas Marín y su madre, Juana Rosa Tanta Marín, por las violaciones de los derechos humanos en su perjuicio".
Esta reparación debe ser pecuniaria por el daño moral sufrido, así como la realización de un acto público que resarza el honor de la víctima.
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La CIDH también recomendó procesar debidamente por la vía penal a los agresores de Rojas Marín.
Esta decisión de la CIDH puede sentar un precedente histórico, así como jurisprudencial, sobre violaciones de derechos a individuos en base a su orientación sexual.