"En los últimos años se ha observado un incremento en la demanda de varios de estos productos como las bebidas alcohólicas, bebidas azucaradas, combustibles, entre otros. Por el contrario, los recursos disponibles para atender las externalidades generadas por el consumo de estos bienes han ido disminuyendo", precisó el MEF en el Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano.
De esta manera, en el rubro de vehículos los que tendrán una tasa impositiva más elevada son los usados y que utilicen gasolina, cuya venta será gravada con un 40% del ISC; mientras que los vehículos duales a gas o eléctricos estarán exentos del ISC.
Para los combustibles, la gasolina de 97 octanos bajará su ISC en comparación con el diésel, que ha probado ser más contaminante.
A las bebidas azucaradas se le aplicará un 17% del ISC si contienen hasta seis gramos de azúcar por cada 100 mililitros, mientras las que excedan ese nivel serán gravadas con 25% del ISC.
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En el caso de las bebidas alcohólicas, el ISC se elevará al 35% para aquellas con hasta seis grados de alcohol; las que excedan ese grado se gravarán con 40% del ISC.
Los cigarrillos se gravarán con 0,08 dólares de ISC por cada unidad.