La CIDH, organismo autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), urgió a EEUU a otorgarle al condenado "una reparación efectiva, que incluya la revisión de su juicio conforme a las garantías del debido proceso y de un juicio justo previstas en la Declaración Americana (1951), incluido el derecho de representación legal competente".
El 24 de julio de 2008, la CIDH emitió un informe de fondo, en el cual concluyó que EEUU era "responsable de violar el derecho de justicia y el derecho a un juicio justo, ambos reconocidos en la Declaración Americana en relación con las actuaciones penales seguidas en contra de Rubén Ramírez Cárdenas y otras dos personas".
El organismo internacional advirtió que si el Estado de ese país procedía con las ejecuciones, en virtud de las actuaciones penales analizadas en el caso, "estaría cometiendo una violación grave e irreparable del derecho fundamental a la vida previsto en el Artículo I de la Declaración Americana".
Las autoridades estadounidenses fueron requeridas a asegurar que las condiciones de detención se ajusten a los estándares internacionales aplicables y le proporcione atención médica adecuada, entre otras.
Ejecutar la pena de muerte "causaría no solo un daño irreparable a la persona, pero también significaría que el Estado (EEUU) no está cumpliendo con las recomendaciones de la CIDH".
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La Comisión reclamó además a EEUU "revisar sus leyes, procedimientos y prácticas", para asegurar los derechos de los ciudadanos extranjeros arrestados, encarcelados o en custodia en espera de juicio, o detenidos de alguna otra manera.
Según cifras oficiales del Gobierno de México, 75 mexicanos enfrentan actualmente procesos penales que podrían derivar en la aplicación de una sentencia capital, en tanto que 54 ya cuentan con un fallo que les impone este castigo capital.