"El periodo de mandato de los representantes nacionales, se sujetará a las reglas constitucionales señaladas en el mismo, siendo posible para los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el ejercicio de dicho mandato por dos periodos similares, sean estos continuos o discontinuos sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato; dado que, el fin del Constituyente, a partir de lo determinado por la Constitución Política del Estado en actual vigencia, es evitar de cualquier modo, la permanencia de una autoridad electa; en el caso de los Órganos Ejecutivo y Legislativo por más de 10 años; en el Judicial por más de 12 años; y en el Electoral a uno solo sin posibilidad a reelección", indica la normativa existente, dada a conocer por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Suscríbete a nuestros canales de Telegram a través de estos enlaces
Ya que la aplicación Sputnik está bloqueada en el extranjero, en este enlace puedes descargarla e instalarla en tu dispositivo móvil (¡solo para Android!).
También tenemos una cuenta en la red social rusa VK.