Internacional

Feminicidios invisibles en República Dominicana

Un 52% de los asesinatos a mujeres en República Dominicana han sido calificados por la Justicia como feminicidios. Sin embargo, especialistas alegan que las cifras son considerablemente más altas y que hasta un 25% de los casos son excluidos por contradicciones en la legislación.
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El término 'feminicidio' es reciente en el idioma español y alzó vuelo cuando México se convirtió en el primer país en aprobar una ley para tipificarlo en su Código Penal en 2007. En 2014, la Real Academia Española (RAE) incorporó la palabra a su diccionario, que actualmente la define como el "asesinato de una mujer a manos de un hombre por machismo o misoginia".

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De a poco, la palabra suena cada vez más conocida, sobre todo a medida que otros países aprueban leyes para especificar penalmente las violentas muertes de mujeres a raíz de la desigualdad de género. Sin embargo, las legislaciones varían en cada país, y el significado de la palabra termina vinculado a la jurisdicción de cada territorio. El resultado afecta el conteo de este tipo de crimen y, por ende, el diseño de políticas públicas para combatirlo.

En República Dominicana, el delito del feminicidio existe desde 2014. Según el Artículo 100 del Código Penal, comete este crimen "quien, en el marco de tener, haber tenido o pretender tener una relación de pareja, mate dolosamente a una mujer", con una pena prevista de 30 a 40 años de prisión. En otras palabras, se considera feminicidio solamente los asesinatos de mujeres que involucren un vínculo sentimental de pareja por parte del asesino hacia la víctima.

Bajo este criterio es que la Procuraduría General de la Nación contabiliza que desde 2005 a 2020, más de la mitad de las 2.763 muertes violentas de mujeres en República Dominicana (un 52%) son feminicidios. Al vincular el feminicidio a una relación de pareja, se excluyen otros asesinatos que también son producto de la violencia de género, efectuados por familiares, personas conocidas o incluso ajenas, que no sean meros actos de delincuencia. Especialistas alertan de que hasta un 25% de mujeres asesinadas terminan invisibilizadas en el país.

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En este sentido, la ley dominicana contradice al acuerdo internacional de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, Convención de Belém Do Pará, al que está suscrito, que amplía las posibilidades de la consideración del término, y considera feminicidio a cualquier asesinato a una mujer por motivos de género, independientemente de si es, fue, o no su pareja.

"Los femicidios son la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión", define.

Esta contradicción motivó al Espacio de Comunicación Insular en alianza editorial con la plataforma periodística para las Américas Connectas y el apoyo del International Center For Journalists (ICFJ) a investigar los casos de muertes violentas de mujeres de 2018 y 2019. Su conclusión: la Procuraduría contabilizó un 16% y 25% menos casos de feminicidios respectivamente por no incluir aquellos efectuados fuera de las relaciones de pareja de las víctimas.

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En 2018, por ejemplo, un 53% de los feminicidios fueron cometidos por las entonces parejas de las víctimas, y un 24% de las exparejas. En 2019, el porcentaje de las parejas feminicidas se repite, mientras que el de las exparejas asciende a 26%. El número restante, no contado en los datos oficiales, incluye a feminicidas del ámbito familiar (15% y 6% respectivamente); a vecinos y conocidos (2% en 2018 y 8% en 2019); desconocidos (4% y 8%) y un 1 y 2 puntos porcentuales respectivamente de casos cuyos feminicidas no están identificados.

Los casos no contados hacen que a los 83 feminicidios que la Procuraduría cuenta en 2018 se le sumen 16 más; y que la cifra de 2019 pase de 77 a 103. La investigación utilizó datos de la Procuraduría, de la Policía, medios de comunicación, organizaciones feministas y del Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF) y la Fundación Vida sin Violencia.

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La implementación de políticas públicas, como campañas de concientización, centros de asistencia de potenciales víctimas y acompañamiento de los familiares de las mujeres asesinadas, así como su financiamiento se elaboran a partir de la información que se tiene acerca del fenómeno.

Por ejemplo, el Estado no procurará el acompañamiento a las familias de las víctimas de feminicidios que no son considerados de ese modo por los datos oficiales. Según explicó la investigadora del Observatorio Político Dominicano (OPD) Flor Batista Polo, quien formó parte del relevamiento de datos, a Connectas, el quid de la problemática radica en la clasificación del término.

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"Nosotros hemos incluido apenas cinco de las categorías de feminicidios que tiene el modelo de protocolo latinoamericano que establece cerca de 16 o 17 categorías, pero estas son las más comunes que hemos podido identificar en la República Dominicana. Como la Procuraduría General solamente registra los feminicidios íntimos, estas otras categorías pasan inmediatamente a ser considerado homicidio de mujeres", dice la investigadora.

Esto deja afuera, por ejemplo, a casos como el de Kany Martínez, asesinada en julio de 2018 por el capitán de la Fuerza Aérea, Franklin Beltré, un conocido que la acosaba, según las declaraciones de los familiares a la prensa. Tampoco el de Liz María Sánchez, una niña de 9 cuyo vecino violó, mató y arrojó al mar Caribe en 2020.

República Dominicana es el quinto país con más feminicidios de América Latina, con una tasa de 1,9 casos por cada 100.000 mujeres según los datos del Observatorio de Igualdad de Género de la CEPAL de 2018. Antes se encuentran El Salvador (6.8), Honduras (5.1), Bolivia (2.3) y Guatemala (2.0).

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