"La decisión sobre el refugio fue competencia del Poder Judicial, que a través de la jueza competente, resolvió finalmente conceder el refugio a los tres solicitantes paraguayos", indica la cancillería uruguaya en el texto publicado en su web.
El 10 de octubre el canciller de Paraguay, Antonio Rivas, ratificó "las protestas y la fuerte crítica a Uruguay, Finlandia y a organizaciones internacionales por evitar la detención y extradición de los prófugos de la justicia paraguaya Arrom, Martí y Colmán, procesados desde el 2003 por secuestro", informó el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país en un comunicado.
Rivas habló del tema en la IX Conferencia Italia - América Latina y el Caribe que se desarrolla en el Palacio de la Farnesina, sede del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional de Italia.
Al respecto, la cancillería uruguaya indicó que en el caso de la solicitud de extradición por parte de Paraguay de esas tres personas se aplicó el artículo 41 de la Ley 18.076, que indica que "cuando los pedidos de extradición recaigan sobre solicitantes de refugio, será el juez de la causa quien, previo informe de la Comisión de Refugiados, adoptará resolución sobre la solicitud de refugio".
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) divulgó a principios de junio pasado una sentencia unánime en la que desliga de responsabilidades al Estado paraguayo de acusaciones de violación a los derechos humanos de los militantes del movimiento político Patria Libre (izquierda).
En diciembre de 2003 ambos obtuvieron el estatus de refugiados en Brasil, que fue dejado sin efecto por el actual Gobierno de Jair Bolsonaro.
El 8 de octubre, Arrom, Martí y Colmán salieron de Montevideo con destino final a Helskinki.