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Tribunal de Argentina declara inconstitucionalidad de la reforma laboral incluida en el megadecreto
Tribunal de Argentina declara inconstitucionalidad de la reforma laboral incluida en el megadecreto
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BUENOS AIRES (Sputnik) — Un tribunal argentino de segunda instancia declaró la inconstitucionalidad del capítulo laboral que contiene un decreto de necesidad y... 30.01.2024, Sputnik Mundo
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El tribunal de segunda instancia hizo lugar a la acción de amparo presentada por la principal central obrera del país, la Confederación General del Trabajo (CGT) al considerar que el Poder Ejecutivo no estaba facultado para legislar sobre normativas en materia laboral a través de un DNU.Los jueces entendieron que no se presentan ninguna de las excepciones admitidas para plantear la posibilidad de que el Gobierno se atribuya la capacidad de legislar, habida cuenta de que el Congreso se encuentra en funcionamiento "y el propio Poder Ejecutivo incorporó en la discusión de las sesiones extraordinarias la cuestión de la ratificación del DNU".En paralelo, "tampoco podía pasarse por alto que la necesidad y la urgencia de la reforma no aparecía debidamente justificada, por lo que "no se han cumplido aquí los recaudos constitucionales para que tal instrumento pueda ser considerado válido", consigna el fallo.Para la Cámara Nacional de Apelaciones, toda persona en relación de dependencia se encuentra afectada por una vulnerabilidad "dada su desigualdad negocial".Puesto que "se hallan en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, se encuentran configuradas las circunstancias objetivas como para considerar que los temas introducidos -por su calidad estructural y su cantidad- en el Título IV del decreto en cuestión resultan de imprescindible debate específico y decisión por el Poder Legislativo", concluyó la Cámara.El megadecreto fue presentado por el presidente el 17 de diciembre, una semana después de haber asumido su cargo, y el documento entró en vigor el 29 de ese mes.En su resolución, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo observó que no había ningún impedimento para que las dos cámaras del Congreso se reunieran y analizaran el megadecreto del presidente, y recordó que el 27 de diciembre, antes de que entrara en vigencia, "el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU".El fallo fue suscrito por los integrantes de la sala de feria Mario Fera, Manuel Díaz Selva y Héctor Guisado.Como precedente, la jueza de feria Liliana Rodríguez Fernández declaró hace seis días la invalidez de seis artículos de un decreto que legislaba en materia laboral, a la espera de que un tribunal definiera la cuestión de fondo.Otro magistrado, Ernesto Kreplak, aceptó en la víspera un recurso de amparo para suspender otro artículo del megadecreto que derogaba la Ley de Tierras, la cual obstaculiza la posesión de terrenos por parte de extranjeros.El megadecreto, entre varias cuestiones, elimina varios controles de precios, habilita la privatización de empresas públicas, reforma el Código Aduanero para facilitar exportaciones, autoriza la cesión del paquete accionario total o parcial de la compañía Aerolíneas Argentinas y desregula los servicios de internet satelital para permitir el ingreso de empresas como Starlink, del multimillonario Elon Musk.La CGT había reclamado la inconstitucionalidad del DNU la semana pasada, en el marco de la huelga general y la movilización que convocaron en contra del megadecreto y contra un proyecto de "ley ómnibus", una iniciativa de más de 500 artículos que atribuye potestad legislativa al presidente, Javier Milei, y que será tratado este miércoles en la Cámara de Diputados.
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Tribunal de Argentina declara inconstitucionalidad de la reforma laboral incluida en el megadecreto
17:07 GMT 30.01.2024 (actualizado: 17:39 GMT 30.01.2024) BUENOS AIRES (Sputnik) — Un tribunal argentino de segunda instancia declaró la inconstitucionalidad del capítulo laboral que contiene un decreto de necesidad y urgencia (DNU) emitido por el presidente, Javier Milei, que pretende modificar o derogar 366 leyes para desregular distintos sectores de la economía.
"Declarar la invalidez constitucional del título IV [artículos 53 a 97] del DNU 70/2024", señaló la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en un fallo al que tuvo acceso Sputnik.
El tribunal de segunda instancia hizo lugar a la acción de amparo presentada por la principal central obrera del país, la Confederación General del Trabajo (CGT) al considerar que el Poder Ejecutivo no estaba facultado para legislar sobre normativas en materia laboral a través de un DNU.
Los jueces entendieron que no se presentan ninguna de las excepciones admitidas para plantear la posibilidad de que el Gobierno se atribuya la capacidad de legislar, habida cuenta de que el Congreso se encuentra en funcionamiento "y el propio Poder Ejecutivo incorporó en la discusión de las sesiones extraordinarias la cuestión de la ratificación del DNU".
En paralelo, "tampoco podía pasarse por alto que la necesidad y la urgencia de la reforma no aparecía debidamente justificada, por lo que "no se han cumplido aquí los recaudos constitucionales para que tal instrumento pueda ser considerado válido", consigna el fallo.
Para la Cámara Nacional de Apelaciones, toda persona en relación de dependencia se encuentra afectada por una vulnerabilidad "dada su desigualdad negocial".
Puesto que "se hallan en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, se encuentran configuradas las circunstancias objetivas como para considerar que los temas introducidos -por su calidad estructural y su cantidad- en el Título IV del decreto en cuestión resultan de imprescindible debate específico y decisión por el Poder Legislativo", concluyó la Cámara.
El megadecreto fue presentado por el presidente el 17 de diciembre, una semana después de
haber asumido su cargo, y el documento entró en vigor el 29 de ese mes.
En su resolución, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo observó que no había ningún impedimento para que las dos cámaras del Congreso se reunieran y analizaran el megadecreto del presidente, y recordó que el 27 de diciembre, antes de que entrara en vigencia, "el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU".
El fallo fue suscrito por los integrantes de la sala de feria Mario Fera, Manuel Díaz Selva y Héctor Guisado.
Como precedente, la jueza de feria
Liliana Rodríguez Fernández declaró hace seis días la invalidez de seis artículos de un decreto que legislaba en materia laboral, a la espera de que un tribunal definiera la cuestión de fondo.
Otro magistrado, Ernesto Kreplak, aceptó en la víspera un recurso de amparo para suspender otro artículo del megadecreto que derogaba la Ley de Tierras, la cual obstaculiza la posesión de terrenos por parte de extranjeros.
El megadecreto, entre varias cuestiones, elimina varios controles de precios, habilita la privatización de empresas públicas, reforma el Código Aduanero para facilitar exportaciones, autoriza la cesión del paquete accionario total o parcial de la compañía Aerolíneas Argentinas y desregula los servicios de internet satelital para permitir el ingreso de empresas como Starlink, del multimillonario Elon Musk.
La CGT había reclamado la inconstitucionalidad del DNU la semana pasada, en el marco de la huelga general y la movilización que convocaron en contra del megadecreto y contra un proyecto de "ley ómnibus", una iniciativa de más de 500 artículos que atribuye potestad legislativa al presidente, Javier Milei, y que será tratado este miércoles en la Cámara de Diputados.
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