Nuevo capítulo se avecina en laberinto de la ley de aborto de Ecuador
Nuevo capítulo se avecina en laberinto de la ley de aborto de Ecuador
Sputnik Mundo
QUITO (Sputnik) — Una nueva batalla se aproxima en Ecuador en torno a la ley del aborto por violación. Colectivos feministas rechazan la norma, que entró en... 12.05.2022, Sputnik Mundo
El intríngulis que ha atravesado la ley solo ha causado una creciente frustración entre las organizaciones de mujeres.Las activistas celebraron como una importante victoria cuando, el año pasado y tras una larga lucha, la Corte Constitucional emitió una sentencia histórica despenalizando el aborto por violación.Los magistrados consideraron que era inconstitucional criminalizar y sancionar con privación de libertad a las mujeres que interrumpen un embarazo producto de una agresión sexual y ordenaron a la Asamblea Nacional (parlamento) que redactara una ley para regular el fallo.Pero allí se presentaron las primeras vallas: el órgano legislativo tenía originalmente un plazo de seis meses para esa tarea, y se tomó más de un año para cumplimentar el mandato de la Corte.Aunque la ley que finalmente vio la luz distaba mucho de lo que esperaban los grupos feministas, de todas formas la consideraron una avance.Pero luego vendría el principal escollo: el presidente Guillermo Lasso, de línea conservadora y quien siempre se declaró "a favor de la vida desde su concepción", impuso un veto a la ley, estableciendo variaciones en 61 de sus 63 artículos. El parlamento no logró reunir los votos necesarios para ratificar el texto original.El resultado final es considerado más que insuficiente por diversas organizaciones de mujeres que, lideradas por Fundación Desafío, prevén ahora presentar una demanda ante la Corte Constitucional denunciando el incumplimiento de su fallo. Además, sostienen que algunos de los puntos de la norma son, incluso, inconstitucionales.Los cambios polémicosLa ley ahora vigente unifica el plazo para la interrupción del embarazo en las primeras 12 semanas de gestación, sin la excepción de 18 semanas que contemplaba el texto original para niñas, adolescentes, indígenas y mujeres del área rural.También se establecen varios requisitos para que se investigue la violación, entre ellos presentar una denuncia formal, una declaración jurada o un examen médico.Si la víctima es una menor de edad, ese documento debe ser firmado por su representante legal o quien sea su cuidador, salvo que se trate del mismo agresor identificado por la mujer o que se practique un examen de salud por el médico tratante que, bajo juramento, certifique que hay serios indicios de la agresión sexual.La ley también reconoce la objeción de conciencia para que los médicos puedan negarse a practicar el aborto si va en contra de sus convicciones.La norma también revive la figura penal del infanticidio, que no es considerado un delito en el Código Orgánico Integral Penal, pero sí un agravante en casos de homicidio y asesinato.Las organizaciones de mujeres temen que se abra la posibilidad a denunciar a la gestante que requiera emergencia obstétrica, en la que no puede determinarse si ella se causó un aborto.Mientras tanto, según cifras oficiales, siete niñas menores de 14 años dan a luz cada día en Ecuador, un país con la tercera tasa de embarazo adolescente más alta de América Latina.
QUITO (Sputnik) — Una nueva batalla se aproxima en Ecuador en torno a la ley del aborto por violación. Colectivos feministas rechazan la norma, que entró en vigencia el 28 de abril tras un enmarañado proceso legislativo, por considerar que está muy alejada del texto original y en los hechos complica el acceso a la interrupción del embarazo.
"Es una ley inconstitucional, retrógrada, que no protege a las víctimas, sino al embrión y a los proveedores de salud; es una ley que, aunque no puede dar marcha atrás en la despenalización del aborto, sí obstaculiza su acceso", dijo a la Agencia Sputnik la presidenta de la organización feminista Fundación Desafío, Virginia Gómez de la Torre.
El intríngulis que ha atravesado la ley solo ha causado una creciente frustración entre las organizaciones de mujeres.
Las activistas celebraron como una importante victoria cuando, el año pasado y tras una larga lucha, la Corte Constitucional emitió una sentencia histórica despenalizando el aborto por violación.
Los magistrados consideraron que era inconstitucional criminalizar y sancionar con privación de libertad a las mujeres que interrumpen un embarazo producto de una agresión sexual y ordenaron a la Asamblea Nacional (parlamento) que redactara una ley para regular el fallo.
Pero allí se presentaron las primeras vallas: el órgano legislativo tenía originalmente un plazo de seis meses para esa tarea, y se tomó más de un año para cumplimentar el mandato de la Corte.
Aunque la ley que finalmente vio la luz distaba mucho de lo que esperaban los grupos feministas, de todas formas la consideraron una avance.
Pero luego vendría el principal escollo: el presidente Guillermo Lasso, de línea conservadora y quien siempre se declaró "a favor de la vida desde su concepción", impuso un veto a la ley, estableciendo variaciones en 61 de sus 63 artículos. El parlamento no logró reunir los votos necesarios para ratificar el texto original.
El resultado final es considerado más que insuficiente por diversas organizaciones de mujeres que, lideradas por Fundación Desafío, prevén ahora presentar una demanda ante la Corte Constitucional denunciando el incumplimiento de su fallo. Además, sostienen que algunos de los puntos de la norma son, incluso, inconstitucionales.
Los cambios polémicos
La ley ahora vigente unifica el plazo para la interrupción del embarazo en las primeras 12 semanas de gestación, sin la excepción de 18 semanas que contemplaba el texto original para niñas, adolescentes, indígenas y mujeres del área rural.
También se establecen varios requisitos para que se investigue la violación, entre ellos presentar una denuncia formal, una declaración jurada o un examen médico.
Si la víctima es una menor de edad, ese documento debe ser firmado por su representante legal o quien sea su cuidador, salvo que se trate del mismo agresor identificado por la mujer o que se practique un examen de salud por el médico tratante que, bajo juramento, certifique que hay serios indicios de la agresión sexual.
La ley también reconoce la objeción de conciencia para que los médicos puedan negarse a practicar el aborto si va en contra de sus convicciones.
La norma también revive la figura penal del infanticidio, que no es considerado un delito en el Código Orgánico Integral Penal, pero sí un agravante en casos de homicidio y asesinato.
Las organizaciones de mujeres temen que se abra la posibilidad a denunciar a la gestante que requiera emergencia obstétrica, en la que no puede determinarse si ella se causó un aborto.
Mientras tanto, según cifras oficiales, siete niñas menores de 14 años dan a luz cada día en Ecuador, un país con la tercera tasa de embarazo adolescente más alta de América Latina.
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