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La Justicia argentina ratifica prohibición a Facebook de intercambiar datos con Whatsapp
La Justicia argentina ratifica prohibición a Facebook de intercambiar datos con Whatsapp
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BUENOS AIRES (Sputnik) — Un tribunal argentino rechazó un recurso presentado por Facebook (hoy Meta), a su vez dueño de Whatsapp, para oponerse a una... 27.04.2022, Sputnik Mundo
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La resolución impugnada, dispuesta en mayo de 2021 y prorrogada en marzo pasado hasta que concluyera la investigación, advertía a Whatsapp y a Meta que además se abstuvieran de implementar las actualizaciones de las "Condiciones y Servicios" y "Políticas de Privacidad" de la aplicación de mensajería más usada del mundo.Así lo había recomendado la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), al considerar que las nuevas condiciones podrían lesionar la competencia y el interés económico general, violando así la ley de Defensa de la Competencia.En ese contexto, la Secretaría de Comercio, bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Productivo, también prohibió a Whatsapp "intercambiar los datos, metadatos y todo otro tipo de información proporcionados por los usuarios de WhatsApp Messenger y/o recopilados automáticamente por Whatsapp LLC, con otras empresas y/o plataformas controladas por Meta Plataforms INC., incluso en los casos de usuarios que hubieran aceptado la actualización".Según observó la CNDC, se pudo incurrir en una recopilación excesiva o injustificada de datos personales de usuarios de WhatsApp y que se vio agravada con las nuevas actualizaciones, aprovechando asimetrías de información.La Secretaría observó que Whatsapp tiene acceso a la libreta de direcciones, al número de teléfono, a datos de operaciones y a información relacionada con el servicio, sobre el dispositivo móvil y la dirección IP.Al momento de dictar su resolución, la Secretaría de Comercio Interior consideró que Whatsapp incurrió en "una situación de abuso de posición dominante", ante los "potenciales problemas de competencia con relación a la recopilación y al intercambio excesivo e irrazonable de datos".En consecuencia, los usuarios de WhatsApp verían quebrantado su derecho a la autodeterminación informativa al no tener opciones reales de excluirse de las actualizaciones y de la recolección excesiva de sus datos.
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La Justicia argentina ratifica prohibición a Facebook de intercambiar datos con Whatsapp
21:44 GMT 27.04.2022 (actualizado: 21:45 GMT 27.04.2022) BUENOS AIRES (Sputnik) — Un tribunal argentino rechazó un recurso presentado por Facebook (hoy Meta), a su vez dueño de Whatsapp, para oponerse a una resolución de la Secretaría de Comercio Interior que prohibía a las plataformas el intercambio de información.
"Desestimar la impugnación judicial interpuesta por Whatsapp LLC contra la Resolución dictada por la Secretaría de Comercio Interior", dictaminó la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal en un fallo al que tuvo acceso Sputnik.
La resolución impugnada, dispuesta en mayo de 2021 y prorrogada en marzo pasado hasta que concluyera la investigación, advertía a Whatsapp y a Meta que además se abstuvieran de implementar las actualizaciones de las "Condiciones y Servicios" y "Políticas de Privacidad" de la aplicación de mensajería más usada del mundo.
Así lo había recomendado la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), al considerar que las nuevas condiciones podrían lesionar la competencia y el interés económico general, violando así la ley de Defensa de la Competencia.
En ese contexto, la Secretaría de Comercio, bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Productivo, también prohibió a Whatsapp "intercambiar los datos, metadatos y todo otro tipo de información proporcionados por los usuarios de WhatsApp Messenger y/o recopilados automáticamente por Whatsapp LLC, con otras empresas y/o plataformas controladas por Meta Plataforms INC., incluso en los casos de usuarios que hubieran aceptado la actualización".
7 de abril 2022, 04:01 GMT
Según observó la CNDC, se pudo incurrir en una recopilación excesiva o injustificada de datos personales de usuarios de WhatsApp y que se vio agravada con las nuevas actualizaciones, aprovechando asimetrías de información.
La Secretaría observó que Whatsapp tiene acceso a la libreta de direcciones, al número de teléfono, a datos de operaciones y a información relacionada con el servicio, sobre el dispositivo móvil y la dirección IP.
Al momento de dictar su resolución, la Secretaría de Comercio Interior consideró que Whatsapp incurrió en "una situación de abuso de posición dominante", ante los "potenciales problemas de competencia con relación a la recopilación y al intercambio excesivo e irrazonable de datos".
"Hay evidencia empírica de que la demanda a nivel mundial de la aplicación WhatsApp Messenger, con más de 2.000 millones de usuarios, supera ampliamente a plataformas tales como la de Telegram", afirmó la Secretaría.
En consecuencia, los usuarios de WhatsApp verían quebrantado su derecho a la autodeterminación informativa al no tener opciones reales de excluirse de las actualizaciones y de la recolección excesiva de sus datos.
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