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¿Puede la Policía derribar la puerta de una vivienda para detener una fiesta ilegal?

© Foto : Twitter Policía Nacional / @policiaAgentes de la Policía Nacional
Agentes de la Policía Nacional  - Sputnik Mundo, 1920, 30.03.2021
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El vídeo de un grupo de policías tirando una puerta abajo ha sembrado la polémica en redes sociales. Se trataba de una fiesta ilegal en Madrid, prohibidas y posibles focos de contagio. Sin embargo, su actuación es considerada excesiva por los juristas.
Las fiestas ilegales se han convertido en la tónica de la España pandémica. La Policía interviene en centenares de domicilios en los que se están celebrando eventos con decenas de personas, habitualmente sin mascarilla ni distancia social. Solo en Madrid el último fin de semana de marzo se desmantelaron 353. Reuniones que suelen dejar imágenes de recuerdo. Desde enfrentamientos con los agentes hasta jóvenes escondidos debajo de colchones o dentro de armarios. Sin embargo, las más recientes tienen a las propias fuerzas de seguridad como protagonistas.
La madrugada del 21 de marzo, agentes de la Policía Nacional se personaron en una vivienda de la calle Lagasca, en el madrileño barrio de Salamanca. Alertados por un vecino, tocan a la puerta del domicilio. Una joven, estudiante de Derecho, pide a un policía que le muestre su número de identificación. El hombre se lo canta, pero con una advertencia. "Pero bueno, lo va a ver ahora cuando abra y, si no lo hace, vamos a tirar la puerta", señala. "Consiga una orden judicial, por favor. Usted sabrá ya cuál es el estatuto de policía al que está sujeto, ¿no? Perfecto, pues no le tengo que recordar sus deberes y obligaciones", responde la mujer. Los miembros del cuerpo policial no esperan más. Colocan el ariete y empieza a golpear. Minutos después revientan la puerta.
La redada se saldó con 14 personas propuestas para sanción, nueve de ellas detenidas por supuesta desobediencia grave. Al día siguiente, en otra fiesta ilegal ante la negativa de los implicados a abrir, una patrulla franquea la entrada del piso tras utilizar el llamado método del resbalón. Consiste en colocar una lámina de plástico entre el marco de la puerta y el pestillo para abrirla sin forzar la cerradura. Tres de los seis agentes de esta actuación participaron en la intervención de la calle Lagasca.
Una forma de operar que ha sido puesta en duda. En los atestados policiales, los implicados aseguran que los artículos 9.13, 16.1 y 16.5 de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente como ley mordaza, amparan su actuación. Los dos primeros autorizan al agente a identificar a una persona cuando existen indicios de que ha cometido un delito y obliga a estas a identificarse ante la policía. El tercero señala que en caso de no querer hacerlo se podría incurrir en un delito de desobediencia grave y proceder a la detención. Según ellos, al no querer abrir la puerta e identificarse, los jóvenes estarían cometiendo dicho delito. El artículo 18 de la Constitución y el 533 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permitirían la entrada de los agentes en el piso sin una orden judicial, una acción posible en determinadas ocasiones, eso sí, siempre por la urgencia de la situación.
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Los agentes se resguardan en las instrucciones dadas el 16 de marzo desde puestos altos de la Policía Nacional tras el acuerdo con el Ministerio de Sanidad para extremar la vigilancia de estos eventos en plena expansión de la pandemia. Además, en el texto argumentan que, si se hubiese pospuesto la intervención, la fiesta podría haberse convertido en el foco de un brote de coronavirus. Las organizaciones Justicia Policial y Sindicato Unificado de Policía defiende la actuación de los miembros de los cuerpos de seguridad.
Sin embargo, los juristas no están de acuerdo con las explicaciones dadas por las fuerzas del orden. Entienden que un policía puede entrar en una propiedad privada sin autorización judicial para evitar la comisión de un delito o la desaparición de los efectos del mismo. Celebrada la fiesta, el delito ya se ha cometido, por lo que solo quedaría la infracción de no identificarse. Ningún letrado considera que este se traduzca en una entrada urgente en el piso. Es más, señalan que la actuación fue desproporcionada y que los agentes incurrieron en un presunto delito de allanamiento de morada. Los policías deberían haber esperado a que los participantes saliesen del piso para identificarles y sancionarles.
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