El Comité Internacional de la Cruz Roja comenzó a trabajar con familiares de personas que fueron desaparecidas durante el régimen militar brasileño (1964-1985) desde el año 2013. Entonces, la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia de la República (durante el mandato de Dilma Rousseff) se encargaba de coordinar los trabajos de la Comisión de la Verdad que se abrió para esclarecer los crímenes del período, entablada por la presidenta Rousseff, en noviembre de 2011.
Encontraron entonces que no había registro público unificado, una base de datos única que brindase una cifra concluyente sobre la cantidad de casos de personas desaparecidas en el amplio territorio brasilero. Allí nació la alianza con el Foro brasileño de seguridad pública, que en su anuario del año 2019 publicó que se habían registrado 79.275 denuncias por la desaparición de personas en el país.
Desde el año 2017, el Foro reunió la información de todos los ministerios de seguridad de cada estado del país y elaboró a su vez, una serie histórica de los diez años previos que reflejó una constante histórica en esta situación gravísima: entre 2007 y 2016 se registraron 700.000 denuncias de personas desaparecidas en Brasil.
"Esto mostró que era posible obtener un número de denuncias y a partir de 2018, las autoridades estatales de Seguridad Pública se interesaron en compilar los datos de las personas encontradas, como una manera de aclarar la situación y sostener que la cifra no es tan alta, sino que han resuelto casos", explicó Leites.
Aunque para 2019 la cifra de casos resueltos se reportó en 39.086 personas halladas, las dificultades siguen siendo muchas: las cifras son apenas nominales y no se tiene —hasta el momento— forma de comprobar si las personas halladas tenían denuncia y en qué fecha está fue formulada. Tampoco se informa si la persona fue hallada con o sin vida.
A su vez, la dificultad se presenta porque las denuncias pueden estar repetidas en distintos puntos del país para una misma persona, así como una denuncia puede contener la denuncia de la desaparición de más de una persona. Es por esto que Leites apuntó con énfasis de que no se puede tomar el número de denuncias como un número nominal de casos.
"Con este problema de cifras no tenemos cómo afirmar cuáles son los perfiles de las personas desaparecidas ni sus familiares, tampoco se puede decir en qué proporción los casos están vinculados a la violencia, a la gestión de datos y cuerpos no identificados o a otros factores", explicó Leites.
Similar a lo que ocurre en México — el país que vive una crisis semejante a la brasilera en cuanto a las personas que han sido desaparecidas en las últimas dos décadas— es posible que la mala gestión de cadáveres no identificados en las morgues públicas tenga una papel clave en la extensión de las desapariciones en Brasil.
"Estos datos tampoco están disponibles todavía, porque los sistemas informáticos no estaban preparados para extraer este tipo de información", señaló Leites.
Ley sin crimen
El 16 de marzo de 2019 fue publicada la Ley 13.812 que instituyó la Policía Nacional de búsqueda de personas desaparecidas y creó el Registro Nacional de personas desaparecidas. Aunque la CICR reconoció el avance que esta ley significó, tiene un carácter genérico que requiere de reglamentación, un proceso que aún no se ha completado.
"Es un avance que la definición de personas desaparecida que trae la ley sea amplia y es algo que el CICR ha promovido en el mundo. Aunque el concepto que está en la Convención Internacional para la protección contra la desaparición forzada es importante, sabemos que no contempla todo el fenómeno porque tenemos muchos casos que no están vinculados con agentes del Estado", apuntó Leites.
En cambio, la Ley brasilera no contempló a la desaparición como un delito, aunque "dice que la búsqueda de personas desaparecidas es una prioridad urgente para el Estado, cuya causa sólo puede cerrarse con la localización de la persona", explicó la responsable del Programa de desaparecidos en Brasil de la Cruz Roja internacional.
En cuanto al Registro Nacional de personas desaparecidas, la ley prevé que sea implementado por varias Instituciones del país pero debe crearse una autoridad central para todo el país que se encargue de coordinar la búsqueda de los desaparecidos. A su vez, cada entidad federal deberá replicar el mecanismo y postular una autoridad central local para atender la temática.
"La ley no define cuál debe ser esta autoridad, tampoco trata de los procedimientos de investigación. Ahora, los ministerios públicos (fiscalías) están creando grupos de trabajo para empezar a discutir cada área de la investigación importante para la búsqueda. Hay más de diez grupos de trabajo que pueden ser creados en los próximos meses para discutir los detalles de implementación de la ley", comentó Leites.
Entre los puntos que el CICR destacó en la misma se señala que, por primera vez, el Estado brasileño reconoce su obligación de brindar asistencia psicosocial a las familias de las personas desaparecidas.