En una sentencia no firme, este tribunal barcelonés atribuye a cinco jóvenes "un continuado delito de abusos sexuales sobre menor de 16 años cometidos en actuación conjunta de dos o más personas", aunque niega la existencia de una agresión sexual.
El caso, que tuvo una enorme difusión mediática y despertó movilizaciones en defensa de la víctima en toda España, acabó en el Tribunal Supremo con condenas definitivas de 15 años, que reconocían una agresión sexual por parte de los acusados.
En esta ocasión, el tribunal argumenta que no se puede probar el delito de agresión porque la víctima, de 14 años entonces, "cuando se despertó por la mañana en su casa, no recordaba nada".
Los hechos sucedieron en octubre de 2016, cuando, durante una fiesta en una fábrica abandonada de la localidad catalana de Manresa, los jóvenes, de nacionalidades española y cubana, violaron "uno detrás del otro" a la menor, que se encontraba en estado de embriaguez.
"No podemos saber con certeza si lo que la víctima iba recordando (...) son efectivamente una rememoración tardía de percepciones que conservó en la memoria o fruto de la interiorización del relato escuchado de otros", se pronuncia el tribunal en su escrito.
La sentencia determina, por lo tanto, que, por su estado de inconsciencia durante los hechos, las declaraciones de la víctima son inservibles para la afirmación de cargos contra los acusados.
"Se debe decir, aunque no sea fácil hacerlo dada la presión mediática que está envolviendo los juicios por delitos contra la libertad e indemnidad sexuales", añade el tribunal, en referencia a casos polémicos como el de la Manada.
Finalmente, la sala condena a dos de los acusados a 12 años de cárcel y a los tres restantes a 10 años, además de imponer una indemnización conjunta de 12.000 euros para la víctima por lo que fue un ataque "extremadamente intenso y especialmente denigrante" sobre una menor "que se encontraba en situación de desamparo".