El TSJC emitió este 12 de julio un auto en el que "se dicta apertura de juicio oral contra Joaquim Torra por un delito de desobediencia o, subsidiariamente, un delito de denegación de auxilio a la autoridad competente".
La Fiscalía, que considera al presidente catalán culpable de estos delitos, pide para Quim Torra un año y ocho meses de inhabilitación.
En su resolución, la Junta señalaba que la simbología independentista es legítima, pero recordaba que, sobre todo en periodo preelectoral, los edificios públicos deben mantener una "rigurosa neutralidad política".
La orden se refería, en concreto, al uso de la estelada (la bandera independentista catalana) y los lazos amarillos utilizados para homenajear a los nueve líderes catalanes encarcelados.
"Los citados símbolos, emblemas y lemas son considerados propios de unos partidos políticos y ajenos a otros que se oponen a ellos, de forma que (…) se consideran partidistas, por lo que no pueden ser exhibidos por las Administraciones y por los poderes públicos durante los periodos electorales", recuerda el auto emitido este 12 de julio por el TSJC.
Pese a la resolución de la Junta Electoral, la sede del Gobierno catalán siguió luciendo símbolos independentistas durante varios días hasta que finalmente fueron retirados el 21 de marzo tras recibir varios ultimatums de la Junta Electoral, que alertó sobre las posibles consecuencias penales del incumplimiento.
Según el juez instructor Carlos Ramos, el presidente Torra mostró un "firme" propósito de "incumplir" o "retrasar" el cumplimiento del mandato de la Junta Electoral mediante distintas argucias aplicadas con una "voluntad decididamente obstativa".
Además de la acusación formulada por la Fiscalía, el partido ultraderechista Vox también ejercerá como acusación popular en el juicio.