"El tribunal del caso del procés ha rechazado conceder el permiso solicitado por el acusado Jordi Sànchez para asistir a la ronda de consultas con el Rey como representante del grupo Junts per Catalunya, del que salió elegido diputado en las elecciones del 28 de abril", informó el Tribunal Supremo a través de un comunicado.
"Y, lo que es más importante, la negativa que ahora resolvemos implica una limitación que es inherente a la medida cautelar que le afecta", señala el auto, recordando que el diputado se encuentra en una situación de prisión provisional.
En opinión del alto tribunal, su caso no encaja en el artículo 47.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, que prevé la concesión de permisos extraordinarios de salida de prisión, sobre todo cuando incurran circunstancias personales extraordinarias.
"No se trata de una importancia identificable con la relevancia constitucional de esa entrevista sino de una importancia que ha de valorarse en conexión con los fines del proceso al que el solicitante se halla sometido", resalta el auto.
En concreto, Jordi Sànchez afronta una petición de 17 años de cárcel por parte de la Fiscalía, por un presunto delito de rebelión, y una petición de 8 años de prisión por parte de la Abogacía del Estado, que le considera culpable de un delito de sedición.