"La situación de discapacidad de la joven y las repercusiones negativas en su salud e integridad física que provocaría la demora en la provisión del aceite de cannabis, justifica la necesidad de adoptar una solución urgente", dice la sentencia de acuerdo a la página ijudicial, que agregó que el fallo fue dictado por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario.
El tribunal argentino rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Obra Social de la ciudad de Buenos Aires (ObSBA) y ordenó garantizar a una joven afiliada la cobertura íntegra del tratamiento con diez unidades de aceite de cannabis.
La Cámara otorgó un plazo de cinco días a la obra social para que provea el medicamento a la paciente.
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Los jueces Carlos Balbín, Mariana Díaz y Fabiana Schafrik señalaron que "la joven sufre, entre otras graves patologías, epilepsia refractaria, que su médico neurólogo le prescribió el uso del aceite de cannabis, y que cuenta con la aprobación de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica para la importación"
La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución en el mismo sentido que dictó en primera instancia el juez Víctor Trionfetti.
El Gobierno de Argentina promulgó en abril de 2017 la normativa que habilita al Estado a garantizar a ciertos pacientes la provisión de aceite cannábico y a investigar su uso médico y científico, si bien no contempla el autocultivo.