"Paridad de género en ámbitos de representación política, decreto 171/2019; Ley N° 27.412. Reglamentación", indica el documento del Ejecutivo.
El artículo uno del decreto dice que el "principio de paridad de género consagrado por la Ley N° 27.412 se entiende como la conformación de listas integradas por candidatas y candidatos de manera intercalada, en forma alterna y consecutiva, desde la primera o el primer titular hasta la última o último suplente, de modo tal que no haya dos personas continuas del mismo género en una misma lista".
Todas las personas inscriptas en el padrón electoral pueden impugnar ante la Justicia electoral, según el decreto, cualquier lista de precandidatos o candidatos que no cumpla con lo que dice la norma.
Esta normativa comenzará aplicándose el próximo 11 de agosto cuando se realicen las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), que se hace dentro de los partidos entre aspirantes a cargos públicos.
Actualmente hay 100 bancas ocupadas por diputadas sobre 257 lo que representa casi un 39 por ciento del total, informa el diario local Ámbito.