"Se insta a la Asamblea Legislativa, en el uso de su función legislativa constitucionalmente asignada, a que en el plazo de 18 meses, contado a partir de la publicación íntegra de este pronunciamiento en el Boletín Judicial, adecue el marco jurídico nacional con la finalidad de regular los alcances y efectos derivados de las relaciones de pareja entre personas del mismo sexo, en los términos expuestos en esta sentencia", anunció el ente en un dictamen publicado en su página de Facebook.
La decisión de la Sala IV fue anunciada el 8 de agosto por la noche, tras deliberaciones sobre los recursos de inconstitucionalidad presentados por activistas LGBT contra dos artículos del Código de Familia vigente y una disposición de la Ley de la Persona Joven, que prohíben las uniones de hecho y los matrimonios entre personas del mismo sexo.
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El inciso 6 del artículo 14 del Código de Familia, que prohíbe de forma explícita el matrimonio homosexual, se mantendrá durante el próximo año y medio, pero si el parlamento no actúa, perderá vigor al vencer este plazo, con lo cual se podrán contraer en Costa Rica los matrimonios entre parejas del mismo sexo, explicó el magistrado Fernando Castillo.