"La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado en favor de cuatro niños mapuches y ordenó a Carabineros de Chile [policía militarizada], al Ministerio Público y a la Corte de Apelaciones de Temuco, adoptar una serie de medidas para evitar que en el futuro se repitan situaciones similares", indica el texto de prensa.
Los niños contaron posteriormente que fueron llevados a un sitio descampado donde los policías les realizaron un control de identidad y, además, los obligaron a quitarse la ropa.
El 31 de mayo, de manera unánime, los cinco jueces del máximo tribunal chileno consideraron "arbitrario" el control de identidad de los niños y ordenaron una serie de medidas al respecto.
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La Corte ordenó que la institución de Carabineros en Ercilla deberá adecuar sus protocolos a "las leyes, a la Constitución y a los tratados internacionales de derechos humanos" y tendrá que informar a la justicia cuando eso se concrete.
Por último, ordenó que los antecedentes de este caso sean revisados por la Fiscalía de la región.
En Chile no está permitido que la policía realice controles de identidad a los menores de 18 años y, en caso de duda respecto a la edad de la persona, se entenderá siempre que es un menor de edad.