"El impuesto resultante de la aplicación de las disposiciones previstas en el inciso e) del artículo 1° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (…) se hallará a cargo del prestatario", señaló el decreto 354 publicado este martes en el Boletín Oficial.
"Dada la constante evolución de la economía digital (…) su regulación en los tributos generales sobre los consumos resulta un desafío", reza el decreto del Gobierno del presidente Mauricio Macri.
Las tarjetas de crédito oficiarán de agentes de percepción y liquidación, de modo que serán las responsables de retener el IVA y girárselo al ente recaudador, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
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Este organismo deberá mantener actualizado el listado de los prestadores de servicios digitales presentes en el país.
El Congreso aprobó a finales del año pasado una reforma tributaria que faculta a la AFIP a cobrar IVA a las plataformas de servicios digitales.