Los malos tratos se produjeron "durante su arresto y detención incomunicada".
El fallo concluye que España "vulneró la prohibición de tratos inhumanos o degradantes en su aspecto material y procesal, por no investigarlo", algo que recoge el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Cuatro de los siete jueces de la Sala Tercera "votaron a favor de que el Estado indemnice a los dos demandantes", Igor Portu Juanenea y Martín Sarasola Yarzabal, con 30.000 y 20.000 euros, respectivamente, por daños morales.
Según los detenidos, durante el traslado al cuartel recibieron "patadas y golpes" y posteriormente "fueron golpeados por agentes de inteligencia".
Tras ser examinados al día siguiente por dos médicos forenses, Portu fue hospitalizado y Sarasola conducido a Madrid y puesto en detención incomunicada.
Varios informes médicos constataron diversas lesiones, dado que recibieron atención médica durante 27 días en el caso de Portu y 14 en el de Sarasola.
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España ha sido condenada 11 veces por el TEDH desde 2004 por casos de malos tratos o por no investigarlos, nueve de ellos relacionados con miembros de ETA.