El sitio web de la Aduana cubana publicó en mayo de 2017 una nota en la que se reconoce que la importación de este tipo de medios aéreos no está prohibida pero sugiere y agradece "a los pasajeros que viajen al país, abstenerse de importar este tipo de medios, con el fin de evitar todo tipo de molestias".
Por cuestiones de seguridad, más allá de las gigantografías de Camilo, el Che Guevara y Martí que adornan la plaza, la medida no parece tan descabellada, si tenemos en cuenta que en varios países de América Latina existen normativas que regulan el vuelo de estos aparatos.
En el caso de México, los drones son utilizados principalmente para vigilar las fronteras. También Brasil, principal promotor de drones en Latinoamérica, invirtió alrededor de 900 millones en un sistema de vigilancia que incluye entre sus métodos el uso de los drones. Venezuela los utiliza con propósitos militares desde 2013, así refiere Colombia Digital.
Sin embargo, las regulaciones con respecto al uso de estos aparatos voladores aún están pendientes en la mayoría de los países. Algunos, como Ecuador, México, Brasil y Chile, cuentan con un marco legal que regula su actividad de manera doméstica y comercial. En otros casos aún se están revisando legislaciones sobre su uso local.
En Latinoamérica su implementación ha ganado en popularidad para el disfrute y el entrenamiento, gracias a la información que brindan, de ahí también sus riesgos en cuestiones de seguridad.
En Argentina, la regulación legal distingue entre drones pequeños, de menos de 10 kilos, y drones de más de 10 kilos. También que se distingue entre uso recreativo o deportivo y el resto de sus posibles funciones. En el segundo de los casos, se requiere de una autorización de la Autoridad Nacional de Aviación Civil.
Además, los pilotos de drones deberán tener en cuenta que estos aparatos no pueden ser operados en espacios aéreos controlados o áreas sensibles al ruido, restringidas o peligrosas como aeropuertos, zonas militares, entre otras.
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— EExpoNewsALL (@EExpoNewsALL) 27 de enero de 2018
También la altura máxima para operar un dron en Argentina son los 122 metros de altura y está totalmente prohibido perder el contacto visual directo con el vehículo. Otras prohibiciones elementales comprenden la influencia de alcohol o drogas y el ser menor de edad.
De igual forma establece que, para el caso de drones cuyo peso no supere los 750 gramos, su uso quedaría exento de todo tipo certificación, registro o autorización por parte de esta autoridad. Este tipo de aparatos pueden ser operados libremente por cualquier ciudadano chileno, incluso en zonas pobladas.
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Los drones son vehículos aéreos no tripulados que pueden ser controlados de manera remota. El uso de estos es una realidad que, cada vez más, se va habituando a diferentes propósitos, de ahí la importancia y necesidad de una regulación responsable.