El Alto Tribunal admitió a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra la norma.
La aprobación se llevó a cabo pese a que el Tribunal Constitucional había acordado poco antes la suspensión de la ley de referéndum, de los decretos de convocatoria y organización de la consulta de autodeterminación para el próximo 1 de octubre y otro acuerdo del Parlamento de Cataluña sobre el nombramiento de una Sindicatura que pretende ejercer de Junta Electoral.
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La norma de Transitoriedad jurídica solo se activaría si la opción independentista resulta ganadora en el referéndum anunciado, una consulta cuya convocatoria fue suspendida el 7 de septiembre de manera cautelar por el Tribunal Constitucional.
Según consta en el texto de la norma, la Ley de Transitoriedad jurídica será la "norma suprema del ordenamiento jurídico catalán" mientras no sea aprobada una Constitución propia.
"Una vez celebrado el referéndum y en caso de resultar favorable la opción independentista, el Gobierno catalán activará un proceso constituyente, democrático, de base ciudadana, transversal, participativo y vinculante con el objetivo de redactar y aprobar la Constitución de la República", señala el texto legislativo.
En caso de ganar el "no" en el referéndum, el Ejecutivo catalán compromete a convocar de manera inmediata unas elecciones autonómicas similares a las celebradas hasta la fecha en el territorio.