El proyecto señala que "quienes de alguna manera tuvieran bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en territorios o jurisdicciones considerados paraísos fiscales" deberán hasta el 6 de marzo del próximo año "dejar de tenerlos, caso contrario, se les impondrán las sanciones previstas".

Estos activos tampoco podrán transferirse a parientes de hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
En la fecha límite estipulada, las autoridades que cumplan con este proceso de venta deberán presentar una nueva declaración juramentada de sus bienes informando "que ha dejado de tener propiedades en territorios o jurisdicciones consideradas paraísos fiscales".
Si la persona involucrada encabeza un ministerio, el presidente será el encargado de ejecutar la destitución; en el caso de prefectos, alcaldes, presidentes de juntas parroquiales, consejeros provinciales y concejales municipales, el respectivo "órgano colegiado" será el que determine el cese de funciones.
La destitución deberá ocurrir en un máximo de 45 días, caso contrario será el contralor del Estado quien ejecute la suspensión.
La consulta popular interrogó a la ciudadanía sobre la posibilidad de establecer la prohibición de poseer bienes o capitales de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales, para quien desempeñe cargos elegidos por el pueblo o sea servidor público.
La prohibición fue aprobada por 55,12% de los votos.