"En este momento, el Ejecutivo catalán sólo puede solicitar permiso al Gobierno central para llevar a cabo este tipo de iniciativas", señaló el Consejo de Garantías.
De este modo, el Consejo de Garantías recuerda que la autorización de un referéndum corresponde de manera exclusiva a España "sin que la Generalitat (el Ejecutivo catalán) disponga de margen de actuación normativa o ejecutiva más allá de la iniciativa de solicitud al Estado".
El órgano aseguró en su dictamen no compartir "en aspectos sustanciales" las resoluciones del Tribunal Constitucional que limitan la capacidad de actuación del Gobierno catalán en lo relativo a la autodeterminación.
Sin embargo, esto no le impidió señalar la falta de competencias de Cataluña en ese aspecto hasta que se genere "un escenario normativo diferente".
A pesar de estimar anticonstitucional la disposición adicional para la celebración de un referéndum de autodeterminación, el Consejo de Garantías aceptó como ajustada a derecho la partida de 5,8 millones de euros que las cuentas catalanas incluyen para la celebración de "procesos electorales y consultas populares".