"Nuestros connacionales tendrán ahora garantizado el Derecho a la Identidad, establecido en el Artículo 4º constitucional y que traduce en beneficios concretos las reformas a la Ley del Servicio Exterior Mexicano", dijo la Secretaría de Relaciones Exteriores en un comunicado.
A partir de este viernes 17 de febrero, las representaciones diplomáticas del país latinoamericano podrán así emitir actas de nacimiento a personas que no fueron registradas en su momento en México.
Esta acción constituye un hecho histórico en materia de protección consular, "ya que garantiza a nuestros connacionales, donde quiera que se encuentren, el Derecho a la Identidad, establecido en la Constitución".
Además, la ley permitirá que los mexicanos puedan tramitar otros documentos como matrículas consulares y pasaportes.
"Es un gran paso que completa el que se había dado en enero de 2015 al entrar en vigor el Sistema de Impresión de Actas", señala el comunicado.
Mediante esa ley las personas nacidas en México y radicados en el exterior pueden solicitar copias certificadas de sus actas de nacimiento en una embajada o consulado.
Desde la entrada en vigor del sistema se han entregado ya más de 320.000 actas de nacimiento, estima la Cancillería mexicana.