La letrada explicó que las legislaciones en la región tienden a ser proactivas hacia el extranjero. Sin embargo, se han ido restringiendo con determinados países que tienen altos índices de trata de personas, o un elevado nivel de actividad terrorista.
"No es una restricción como en EEUU donde son mucho más drásticos y con leyes migratorias severas. Acá las normas se han ido adaptando a medida que se presentan los problemas", agregó.
En Chile serán objeto de expulsión los extranjeros que ingresen al país o intenten egresar de él con documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona.
También los extranjeros que intenten ingresar de forma clandestina, o a los que continúen residiendo en el país después de haberse vencido sus plazos de residencia legal. El mismo destino podrán tener los que no se registren y obtengan su cédula de identidad, o comuniquen el cambio de domicilio.
En Uruguay un extranjero puede ser expulsado si obtiene la categoría migratoria mediante hechos o actos simulados o fraudulentos. También serán expulsados aquellos extranjeros que cometan delitos de carácter doloso y reciban condenas con penas de penitenciaría, o cometan delitos reiterados.
La persona con residencia permanente que se ausente del país por un plazo superior a tres años, podría ser obligada a abandonar el país. Lo mismo puede sucederle a aquel extranjero con residencia permanente o temporaria que haya ingresado a través de un programa subvencionado por el Estado o haya sido exonerado del pago de impuestos y no cumpla las condiciones.
Pueden ser deportados los extranjeros con residencia que cometan actos de terrorismo o cualquier acto violatorio de los derechos humanos tanto fuera como dentro de suelo uruguayo.
En Colombia será removido del territorio cualquier extranjero sin la visa correspondiente, o por registrar informes o anotaciones en los archivos de las autoridades competentes.
Asimismo, pueden ser deportados por propiciar el ingreso de otros extranjeros con promesas de contratos, o de suministro de visas colombianas; o por tener documentos falsos, o los que atenten contra la seguridad nacional y el orden público, así como aquellos con orden de captura por delitos comunes o requeridos por Interpol.
En Argentina, el decreto de Macri establece que podrán ser expulsados aquellos extranjeros que presenten documentación material o ideológicamente falsa o adulterada u omitan informar sobre la existencia de antecedentes penales.
El mismo castigo podrá ser aplicado al residente condenado, en la Argentina o el exterior, por delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos y tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas.
Si el extranjero fuera condenado por hechos castigados con penas privativas de la libertad, el individuo podría ser expulsado.