"Las personas naturales que ingresen o salgan del territorio nacional… de Venezuela podrán portar consigo especies monetarias representativas del bolívar hasta por: 306 unidades monetarias en aeropuertos (y) 200 unidades tributarias en pasos fronterizos terrestres", expresa la circular del Banco Central de Venezuela (BCV).
En este país suramericano la Unidad Tributaria se ubica en 177 bolívares ($0,26), por lo que el monto máximo a sacar del país por vía aérea equivaldría a 56.162 bolívares ($82, según la tasa oficial) y 35.400 por vía terrestre ($53).
La resolución del BCV explica que el incumplimiento de estas disposiciones será sancionado, incluso con medidas penales.
Estas decisiones se toman en el marco del decreto presidencial número 29, para sacar de circulación los billetes de 100 bolívares, que, según denunció el presidente Nicolás Maduro, son sacados del país con el objetivo de "asfixiar la economía".