"La inscripción para realizar pronósticos electorales es un proceso legal, presente en el Código de la Democracia", dijo el presidente del CNE, Juan Pablo Pozo, durante la sesión del Pleno del organismo que fue transmitida en directo.
De esta forma, las encuestadoras que no se registren en el CNE no podrán difundir ningún resultado sobre las preferencias electorales y, de hacerlo, serán sancionadas.
Las empresas aceptadas por el Consejo hasta el momento son: Opinión Pública, IESOP, OPE Ecuador y Blasco Peñaherrera. —
Pozo indicó que "no se está autorizando la difusión (de los datos), sino el registro de la empresa que produce esos datos" y agregó que lo que se busca con esta medida "es responsabilidad de la información" que se entrega.
Según el artículo 303 del Código de la Democracia, "las empresas que realicen pronósticos electorales y no se inscriban ni registren el Consejo Nacional Electoral para dicha actividad serán sancionadas por el Tribunal Contencioso Electoral (…) con una pena mínima y una máxima".
Las elecciones generales tendrán lugar el próximo 19 de febrero y se elegirá a presidente, vicepresidente, asambleístas nacionales, provinciales y parlamentarios andinos.