"Queda aprobado en general con modificaciones el proyecto que incorpora la figura del arrepentido con 57 votos afirmativos y 4 en contra", informó el Senado en su cuenta oficial de Twitter.
Queda aprobado en general con modificaciones el proyecto que incorpora la figura del arrepentido con 57 votos afirmativos y 4 en contra
— Senado Argentina (@SenadoArgentina) 7 de septiembre de 2016
De acuerdo a esta iniciativa, el imputado o procesado puede obtener beneficios procesales, que en ningún caso pasan por la extinción de la pena, a cambio de información precisa y de utilidad sobre los máximos responsables de la comisión del delito en cuestión.
El proyecto, que modifica la figura del arrepentido en el Código Penal, abarca los delitos del Código Aduanero, de corrupción y de asociación ilícita.
Solo podrían acogerse a esta ley los acusados que permitan revelar delitos tipificados con una pena igual o mayor a la suya.
En caso de sentencia a cadena perpetua, la reducción de la pena no puede ser mayor a 15 años.
La normativa no alcanza al presidente, al vicepresidente, a los ministros y a los jueces de la Suprema Corte de Justicia, por ser sujetos de juicio político.
Tampoco podrá ser invocada esta ley ante delitos de lesa humanidad.
Una de las modificaciones que introdujo el Senado señala que el imputado podrá arrepentirse hasta el momento en que la causa sea elevada a juicio.
La medida fue propuesta en diciembre por el opositor Frente Renovador, tercera fuerza de la Cámara de Diputados.
Votaron en contra del proyecto cuatro legisladores asociados al sector duro de la coalición opositora Frente para la Victoria (FpV), y se abstuvieron otros cuatro senadores también de esta fuerza.
Con 63 votos positivos y tres negativos, los senadores aprobaron otra ley que garantiza un proceso penal abreviado para delitos cometidos en flagrancia.