"Cualquier enmienda que pretenda efectuarse a la Constitución (…) no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de aplicación inmediata", estableció el fallo de la Sala Constitucional divulgado por el Supremo.
El Tribunal en su argumentación usó como ejemplo la enmienda XXII (del año 1951) de la Constitución estadounidense, en la que el límite de mandatos no se aplicó al período constitucional que estaba vigente para esa época.
Además, "tratar de utilizar la figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de un cargo de elección popular, como el del Presidente de la República, constituye un fraude a la Constitución, la cual prevé otros mecanismos de expresión de la voluntad popular", asentaron los jueces.
El máximo tribunal ha desmontado todas las leyes y otras decisiones de la Asamblea desde que ese parlamento unicameral se instaló en enero con mayoría opositora.
Una novedad en la decisión de este lunes es que la Sala Constitucional, renovada el pasado diciembre por el parlamento entonces en manos del oficialismo, no esperó a que la enmienda se aprobase formalmente en una segunda discusión, sino que la invalidó cuando todavía era un proyecto de ley.
La Constitución prevé que toda enmienda a esa ley fundamental, una vez aprobada por el Parlamento, debe someterse a consulta popular mediante referendo.