"El decreto sobre la emergencia nacional en seguridad es un decreto simple, no un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU)", sostuvo Milman.
El constitucionalista cuestionó la "catarata" de DNU firmados por Macri, quien desde que asumió su cargo el pasado 10 de diciembre, ha promulgado, según su punto de vista, siete decretos de este tipo.
El denunciante incluye como DNU el decreto simple 228/2016, promulgado el pasado 22 de enero, que dictaba la "emergencia nacional en seguridad pública" en todo el país.
"Sí, es un decreto de necesidad y urgencia, por supuesto", aseguró el abogado al ser consultado por esta agencia sobre la naturaleza del decreto.
La Constitución establece que los DNU no pueden legislar en materia penal, tributaria, electoral o sobre el régimen de partidos políticos.
Pero el decreto 228/2016, publicado en el Boletín Oficial del Estado, no especifica en ninguno de sus apartados de que se trate de un DNU.
"Todos los DNU (promulgados por Macri) son nulos, pero éste además es delictivo porque ingresa en una materia expresamente vedada por la Constitución. La materia penal no puede ser materia de este tipo de decretos" insistió Barcesat.
El abogado considera que este decreto debe ser anulado por decisión judicial, y afirma que su denuncia prosperará.
Por su parte, el secretario de Seguridad Interior explicó las diferencias entre un DNU y un decreto simple.
"Este tipo de decreto (el DNU) tiene que estar justificado en la necesidad y urgencia que prevé la Constitución, mientras un decreto simple está en el uso de las facultades del presidente, amparado por el art. 99 de la Constitución", afirmó Milman.
En los DNU que ha promulgado Macri se especifica que estos son motivados por una situación de necesidad y urgencia, o bien se hace mención a la Ley nº 26.122, que regula el trámite y los alcances de las atribuciones del Congreso en relación a esos decretos.
El secretario de Seguridad Interior aclaró que los DNU se justifican cuando el Congreso no está sesionando —como es el caso actualmente, por el receso estival-, o si "el trámite legislativo ordinario no puede ser llevado adelante".
Como el decreto que declara la emergencia en seguridad "no modifica ninguna ley, y no legisla, sino que es una contribución del Poder Ejecutivo, no es necesario dictar un DNU", aclaró Milman.
Además del decreto de seguridad nacional, el presidente Macri promulgó seis DNU, con los que reformó la Ley de Ministerios para armar un nuevo Gabinete; modificó el presupuesto nacional; traspasó la Oficina de Escuchas Judiciales a la órbita de la Corte Suprema; suspendió la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, y reformó la Ley de Medios y la ley de Ministerios.