"Aún tenemos que ver cómo los tribunales españoles interpretan la ley", dijo Lydia Vicente Márquez y añadió que "recién empezamos a ver casos en los que se aplica esta ley".
La semana pasada una mujer española recibió una multa de 800 euros por subir a Facebook una foto de un vehículo policial estacionado en un lugar reservado para minusválidos. En menos de 48 horas la mujer fue rastreada ya que "el uso no autorizado de imágenes de la policía que pueda poner en peligro su seguridad o la de sus familiares" está prohibido bajo la nueva legislación española.
Este tipo de multas se recogen en el artículo 36.23 de la Ley de Seguridad Ciudadana, que califica como falta "grave", con penas de 600 a 30.000 euros, por el "uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto fundamental al derecho a la información".
La norma también considera falta grave impedir un desalojo o hacer uso no autorizado de imágenes de integrantes de las fuerzas de seguridad.
Desde su entrada en vigor el 1 de julio, también se considera falta leve la desobediencia a la autoridad y escalar edificios o monumentos sin autorización cuando haya riesgo de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes.