TeleSUR
En su artículo primero, la ley declara de ''utilidad pública y sujetas a expropiación, conforme lo establece la Ley 21.499, las acciones de las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y de sus empresas controladas''.
Las empresas Aerolíneas Argentinas y Austral pasaron este miércoles al Estado argentino, una vez que se hizo público el hecho a través del Boletín Oficial de la ley 26 mil 466, con lo que el Gobierno nacional fortalece la soberanía del país.
En su artículo primero, la ley declara de "utilidad pública y sujetas a expropiación, conforme lo establece la Ley 21 mil 499, las acciones de las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y de sus empresas controladas".
El citado instrumento legal fue sancionado por el Congreso el pasado 17 de diciembre y promulgado el 22 de diciembre.
La decisión de expropiar a ambas empresas de transporte aéreo de pasajeros fue tomada por el Gobierno ante la controvertida gestión que realizó el Grupo Marsans, quien era poseedor de la mayoría accionaria de las aerolíneas. Esta cúpula empresarial introdujo un pedido de arbitraje contra el Estado argentino en el Centro Internacional de Arbitraje de Disputas de Inversiones (CIADI).
Esta semana, el procurador del Tesoro de la Nación se manifestó confiado en que el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) rechazará la demanda presentada por el Grupo Marsans contra la Argentina.
La legislación para la expropiación establece que "para garantizar la continuidad y seguridad del servicio público de transporte; el mantenimiento de las fuentes laborales y el resguardo de los bienes de las empresas", el Poder Ejecutivo "ejercerá desde el momento de la entrada en vigencia de la presente ley todos los derechos que las acciones a expropiar le confieren".
Señala que el Ejecutivo "instrumentará los mecanismos necesarios a los fines de cubrir las necesidades financieras derivadas de las empresas".
También refiere que "las operaciones y las adecuaciones presupuestarias que correspondan realizar a tal efecto, serán informadas a la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones".
Según la ley, 180 días es el plazo para la formulación de un "Plan General de negocios, estratégico y operativo de mediano y largo plazo", que será informado a la Comisión Bicameral.
Este plan debe "contemplar, especialmente, las necesidades de aquellas regiones del país que dependan de manera fundamental del transporte aéreo".
Además, en su artículo cuarto, la ley indica que "no habiendo avenimiento", la Procuración del Tesoro de la Nación "promoverá el juicio de expropiación respectivo".
La ley puntualiza que "A los fines de la recuperación del patrimonio afectado por la eventual mala gestión, dolo o culpa de los administradores iniciará las acciones civiles y comerciales que correspondan".
