El reclamo de Denegri contra Google es por el llamado "derecho al olvido", refieren los medios locales.
Durante la primera audiencia que se celebra este 17 de marzo, los integrantes del tribunal escucharán a la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires, a la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa), a la Asociación por Los Derechos Chiviles y otras entidades que se presentan como amicus curiae en la causa.
Denegri reclamó que se desvincule su nombre de los artículos periodísticos y de los vídeos referidos a ella en Youtube que se relacionan con el Caso Coppola, un programa de los años 90 que incluyó "escenas de violencia, agresiones y amenazas entre mujeres", según expresó la demandante.
En una primera instancia, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 le otorgó la razón a Denegri en julio de 2020.
El fallo fue confirmado un mes después por la Cámara Nacional de Apelaciones, que tildó de "mal gusto" las imágenes emitidas en aquellos programas, pero Google apeló y el caso llegó así al máximo tribunal del país.
El buscador alegó que la primera sentencia judicial a favor de la empresaria "restringe el acceso a contenido periodístico, artístico o humorístico de carácter legal que involucra a una persona que fue y es pública por su propia voluntad y se relaciona con un caso judicial de interés público".
Radicada en Miami desde 2005, y con 22 premios Emmy por su trabajo en diversos documentales y programas de índole social, Denegri reclama el "derecho al olvido" al sostener, entre otros motivos, que fue utilizada como chivo expiatorio cuando era menor de edad para desenmascarar a un juez corrupto, Hernán Bernasconi.
En Europa, el "derecho al olvido" fue avalado en 2014 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuando un abogado, Mario Costeja González, reclamó a Google que dejara de indexar su nombre a páginas que lo vinculaban con una deuda ya saldada.
El derecho al olvido se reguló por primera vez al introducirse en el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo en abril de 2016, cuando se reconoció el derecho a que se supriman los datos de una persona cuando ya no resulten adecuados, siempre que no prevalezcan otros derechos como el de la libertad de expresión e información.
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