Así como se puede ser multado por no llevar mascarilla en un sitio público cerrado ni cuando no se pueda mantener el distanciamiento físico de al menos un metro y medio, también puede considerarse delito si una persona graba a otra y lo divulga en redes sociales para denunciar que esta incumple las medidas de seguridad establecidas por las autoridades.
Solo estaría permitido grabar a los infractores si se determina que el interés era colaborar, denunciar ante las autoridades y no publicarse en las redes sociales.
Además, si la persona grabada o fotografiada ve vulnerados sus derechos a la privacidad e intimidad, podría solicitar al autor que retire las imágenes. De no hacerlo, podría recurrir a los tribunales o acudir a la Agencia Española de Protección de Datos para que sea este organismo el que se encargue de garantizar que se cumpla el derecho de supresión.