"La Corte Constitucional administrando justicia constitucional (…) resuelve declarar que la propuesta presentada por el presidente de la Asamblea Nacional (…) puede ser tramitada mediante un proceso de enmienda, según lo establecido en el artículo 441 numeral 2 de la Constitución", dice una resolución del organismo fechada el 16 de octubre revisada por Sputnik.
El CPCCS es el organismo encargado de designar a las autoridades de control en Ecuador, entre ellos al Fiscal General de la Nación, Contralor, Procurador, Superintendente de Bancos.
En septiembre pasado, el presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo, junto con otros seis asambleístas solicitaron a la Corte el dictamen de Constitucional sobre la posible enmienda para que el CPCCS no elija a las autoridades de control y justicia.
La Constitución vigente establece que el segundo debate debe realizarse de forma impostergable en los 30 días siguientes al año de realizarse el primero.
El mes pasado la intención de modificar las funciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social era respaldada por 78 de los 137 legisladores que tiene la Asamblea Nacional.
La reforma solo se puede aprobar con los votos de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional, de acuerdo con lo que manda la Constitución vigente.