"Se necesitaban cinco fallos consecutivos y son los cinco que logramos alcanzar hoy (miércoles), que abren la puerta a la determinación de jurisprudencia para que todos los jueces del país actúen de acuerdo con los criterios de la Corte Suprema (…), esto significa la legalización y creación de un sistema de control de la producción y consumo de la marihuana", dijo a esta agencia Sánchez, directora general de la organización ciudadana México Unido Contra la Delincuencia (MUCD).
"Si esta decisión ocurre con ocho votos del pleno de once miembros máximo tribunal, forzaría al Congreso a legislar y regular el cannabis para uso personal entre adultos", celebró la dirigente del organismo que ha estudiado la extensión de la violencia por la estrategia punitiva de la guerra abierta contra las drogas, emprendida hace 12 años.
Temas relacionados: Ministro de Turismo de México propone legalizar marihuana en playas de Cancún y Los Cabos
Por su parte, Zara Snapp integrante del Colectivo Drogas, Política y Cultura, explicó que "lo que sucedió es que la Corte Suprema resolvió dos casos seguidos este mismo día (31 de octubre) que son el cuarto y el quinto amparo requerido", para crear jurisprudencia, obligatoria para los tribunales de todo el país latinoamericano.
La Corte Suprema "enviaría instrucciones directas a los jueces de todo el país para impedirles perseguir casos por consumo personal" de cannabis, prosiguió Snapp, cofundadora de Instituto RIA México.
Sin embargo, la declaratoria que considera inconstitucional la prohibición del consumo personal de marihuana, y ampara el libre desarrollo de la personalidad de adultos, no autoriza el comercio, suministro o cualquier otra actividad que se refiera a distribución de marihuana.
Te puede interesar: Plan de López Obrador contra narcos en México se basará en "paz y reconciliación"
La resolución indica que respecto de estos actos "no existió solicitud y el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad no debe perjudicar a terceros", puntualiza el dictamen.
Consecuencia de cinco fallos históricos
El primer amparo fue un acontecimiento histórico ocurrido en noviembre de 2015, cuando se le otorgó a cuatro integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART), con respaldo de México Unido Contra la Delincuencia.
Ninguna de las cuatro personas que abrieron los juicios de amparo consumen marihuana pero emprendieron los procesos como muestra de un ejercicio libertario, "en defensa del libre desarrollo de la personalidad", bajo responsabilidad de las personas adultas.
En abril y junio de 2018, el abogado Ulrich Richter Morales obtuvo en solitario el segundo amparo para consumir y cultivar marihuana.
Te puede interesar: Agentes federales confiscan 1,7 millones de dólares en efectivo y drogas en México
En junio pasado, el senador Armando Ríos Pitter logró la tercera autorización para "realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos de la marihuana", tales como la adquisición de semillas, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de cannabis.
En México, la jurisprudencia requiere cinco fallos consecutivos de una misma sala del máximo tribunal, lo cual hace que la interpretación y alcance de los mandatos jurídicos al resolver asuntos que son puestos a consideración de un juez o tribunal resulten obligatorios para otros órganos de menor jerarquía.
El juicio de amparo en el derecho mexicano tiene como objetivo "crear certidumbre jurídica para que los casos que son puestos a consideración de juzgadores, sean resueltos en igual sentido", y evitar así criterios contradictorios entre jueces y tribunales.
Te puede interesar: México y ONU analizan combate a la migración ilegal y el narcotráfico
La primera instancia de la estrategia judicial de los colectivos a favor del libre consumo personal fue acudir a obtener un permiso a la secretaría federal de Salud, que establece como un "delito contra la salud" el consumo de cannabis por lo que les fue negado.
Debido a la negativa pudieron apelar a jueces que admitieron como inconstitucionales las normas que prohíben a la secretaría federal de Salud autorizar el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos de cannabis.