"El requisito de seguro de salud por el tiempo de permanencia para las personas extranjeras será exigible una vez que se cumplan sesenta días contados a partir de la entrada en vigencia del decreto", señala un reporte de la cancillería.
En el texto se explica además que este requerimiento está establecido en el artículo 53 de la Ley de Movilidad Humana y en la transitoria 4 del respectivo reglamento, por lo que su cumplimiento es inexcusable.
El seguro de salud no será obligatorio únicamente para las personas que se movilicen en la zona de integración fronteriza.
En julio pasado, el mandatario ecuatoriano ya amplió el plazo para la aplicación de este requisito, sin embargo, con este decreto se extiende una nueva prórroga.
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Según datos oficiales, entre enero y mayo de este año, Ecuador recibió un 57% más turistas en comparación con el mismo periodo de 2017.