"La Sala Séptima de Revisión, luego de un amplio trabajo probatorio, estableció que 'existe un incumplimiento de los parámetros mínimos constitucionales aplicables a las políticas públicas del Gobierno Nacional en el departamento de La Guajira'", indicó ese tribunal en una declaración con fecha del miércoles, pero difundida a través de redes sociales.
Según la Corte, no existe "un documento que recoja de forma sistemática todos los compromisos institucionales para garantizar los derechos de los niños wayuu", razón por la que también decidió confirmar los fallos emitidos por el Tribunal de La Guajira y por la Corte Suprema de Justicia, que ampararon los derechos de los menores.
La Corte también respaldó al Tribunal Superior del municipio de Riohacha, que ordenó a las entidades estatales tomar medidas urgentes para abastecer de agua potable a las comunidades de la región.
Asimismo, destacó que pese a una orden emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que el Gobierno alivie la situación, éste sigue sin cumplir con lo ordenado y ha dejado agudizar la crisis.
De otra parte, el alto tribunal señaló que si bien "la situación de hambre de los niños del pueblo wayuu tiene distintas causas, algunas naturales, otras atribuibles al Estado, otras a las propias comunidades indígenas", también la situación de Venezuela ha ayudado en la falta de alimentos.
"Los cierres de frontera han afectado gravemente a las comunidades y quienes dependiendo de su ubicación se abastecen principalmente del mercado venezolano", precisó.
Por último, la Corte solicitó al Gobierno central, así como a los departamentales y locales, mejorar y garantizar el acceso al agua potable de las comunidades indígenas de La Guajira, optimizar los servicios de salud y garantizar una adecuada prestación del servicio de alimentación conforme con las costumbres de esa población indígena.