"La Sala Constitucional se declaró incompetente para conocer y declinó su conocimiento ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia [TSJ] del recurso de interpretación de los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo", indicó el Tribunal Supremo en un comunicado.
La Sala de Casación Penal tendrá que determinar si Voluntad Popular, el partido fundado por el dirigente opositor Leopoldo López, quien está asilado en la Embajada de España, es o no una organización terrorista y si es susceptible a sanciones por este motivo.
El pasado 25 de mayo, el fiscal general, Tarek William Saab, introdujo un recurso de interpretación ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para que esta determine si el partido político Voluntad Popular puede ser considerado una organización terrorista.
Saab pidió al máximo poder judicial del país que considere los precedentes de Voluntad Popular, los cuales, a su juicio, permiten que este sea considerado una organización terrorista por su actuación durante las protestas de 2014 y 2017 y su presunta participación en los intentos de golpe de Estado que se registraron en los últimos seis años.