"En virtud de las consideraciones expuestas, corresponde (…) desestimar el recurso de apelación interpuesto por el GCBA (Gobierno de la ciudad de Buenos Aires)", señala la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario.
La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), querellante en esta causa, celebró la confirmación del fallo de primera instancia de agosto del año pasado que intimó a las autoridades a presentar un plan integral para solucionar el riesgo eléctrico en la villa 21-24, el asentamiento más poblado de la capital argentina al sur de la ciudad, donde viven unos 50.000 personas.
Pero el alcalde de la capital argentina apeló el fallo bajo la consideración de que la sentencia se encontrara incumplida y con otros argumentos procesales para evitar el pago de las multas impuestas, según la ACIJ.
En su fallo, la Cámara de Apelaciones reconoce que "la situación de riesgo eléctrico hace especialmente relevante el oportuno cumplimiento de la sentencia de fondo", por lo que apremia al Gobierno de la ciudad a cumplir con las medidas de ejecución dispuestas en 2019.
"Ha transcurrido en exceso el plazo razonable para llevar adelante -cuanto menos- los aspectos esenciales que debe contener el proyecto eléctrico", añade el tribunal en su veredicto.
La organización querellante destacó que el jefe de Gobierno de la capital argentina, Horacio Rodríguez Larreta, "tiene diez días hábiles de plazo para presentar un proyecto eléctrico adecuado para la Villa 21-24 e iniciar las obras para erradicar el riesgo eléctrico del barrio".
En su fallo, la Cámara de Apelaciones declaró además la inconstitucionalidad de la Ley 6021 de Obras Públicas, por lo que otras apelaciones del Gobierno de la ciudad no suspenderán las multas dictadas por el tribunal.
En la villa 21-24 las deficiencias del tendido eléctrico llevan a que sus habitantes tengan cortes de suministro, daños en las viviendas e incendios periódicos, lo que ya provocó la muerte de varios vecinos, de acuerdo a la ACIJ.